Desde el 1 de julio próximo se reajusta el salario mínimo con el aumento de G. 144.952 y con el nuevo monto, la prestación alimentaria también deberá reajustarse, según la jueza de la Niñez y Adolescencia, Pili Rodríguez.
Conforme explicó la magistrada, el cálculo se da mediante dos parámetros establecidos por el Código de la Niñez y la Adolescencia: las necesidades del niño, niña o adolescente -edad, alimentación, salud, educación, transporte, recreación, actividades extracurriculares y tratamientos médicos-, al igual que la capacidad económica del padre o alimentante -ingresos del padre o madre, nivel de vida, actividad laboral y posibilidades económicas reales-.
Asimismo, confirmó que la ley paraguaya no establece que la cuota alimentaria deba ser el 25%, 30% o 50% del salario, a diferencia de la creencia popular.
“Cada expediente se estudia individualmente y la cuota puede variar según las circunstancias de cada familia”, refirió.
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Cuotas se fijan en jornales y no en guaraníes
Otro punto que detalló Rodríguez es que una vez determinado el monto, los jueces no lo expresan de forma definitiva en guaraníes.
Por ejemplo, si la cuota se fija en G. 1.300.000, se divide ese monto por el valor vigente del jornal mínimo y el resultado es la cantidad de jornales que representará la obligación alimentaria.

Por esto, cuando aumenta el salario mínimo y se actualiza el jornal, la cuota también se ajusta automáticamente sin necesidad de iniciar un nuevo juicio y debe ser cumplido por la persona obligada, porque en caso contrario se podría ingresar al Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
El salario mínimo para actividades diversas no especificadas ascenderá a G. 3.044.000 desde julio, mientras que el jornal mínimo quedó establecido en G. 117.077.
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