Lo que hay que saber sobre el IVA: ¿Cómo se liquida y qué deducir?

Los contadores solicitan a la DNIT un debate técnico y público para conocer el alcance real del estudio.

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es uno de los principales tributos del sistema impositivo paraguayo, representando más del 40% de las recaudaciones del fisco. Dicho tributo alcanza a una amplia variedad de actividades comerciales, profesionales e industriales, por lo que es importante aclarar dudas sobre qué operaciones se declaran, cómo se calcula el impuesto a pagar y qué gastos se pueden deducir para el crédito fiscal, se computan las compras del supermercado, entre otras.

Toda empresa, microemprendedor o profesional independiente posiblemente se encuentre en el grupo de contribuyentes de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), por lo que debe declarar y pagar sus impuestos por la compra o venta de bienes o servicios.

En lo que respecta al Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo al consumo que recae sobre la venta de bienes, la prestación de servicios y la importación de bienes, entre otras operaciones alcanzadas la Ley 125/91 y 6380/19 y las tasas son del 5% y 10% dependiendo del rubro o actividad. En este caso, el contribuyente actúa como “recaudador”, es decir, que cobra el IVA por sus ventas (débito fiscal) y a la vez, puede descontar el IVA pagado en compras vinculadas a su actividad (crédito fiscal). La diferencia (entre el crédito y débito) determina si debe pagar al fisco, o si queda con saldo a favor del contribuyente.

¿Qué documentos sustentan el IVA?

Para liquidar correctamente el IVA, el contribuyente necesita que sus operaciones estén respaldadas con documentación válida, que deben contener por lo general:

  • Para el débito fiscal: Se requiere de facturas o comprobantes emitidos por ventas/servicios gravados.
  • Para el crédito fiscal: facturas de compras y gastos vinculados a la actividad, emitidas correctamente (con RUC, timbrado/validez, datos completos y demás requisitos formales).

Un error frecuente es pretender usar como crédito fiscal comprobantes que no cumplen condiciones, están mal emitidos, no están relacionados con la actividad o corresponden a operaciones no admitidas como crédito.

Compras del supermercado: ¿Qué gastos para IVA crédito?

Compras en el supermercado 09-04-2026
Compras en el supermercado 09-04-2026

El contribuyente prestador de servicios personales y profesionales que no estén en relación de dependencia, pueden deducir para el IVA crédito correspondiente a la adquisición de los siguientes bienes y servicios:

  • Salud personal (seguros médicos, farmacias)
  • Alimentos incluidos las bebidas no alcohólicas. En este concepto el contribuyente podrá deducir hasta el treinta por ciento (30 %) del IVA Crédito incluido en los comprobantes de compras referidos a estos bienes.
  • Gastos de capacitación o especialización que guarde relación con el servicio que presta,
  • Servicios de suministro de energía eléctrica, provisión de agua, alcantarillado, recolección de residuos o servicios de telecomunicaciones destinados exclusivamente a la prestación del servicio gravado.
  • Arrendamiento de oficina, así como su mantenimiento, remodelación o refacción.
  • Útiles y mobiliarios de oficina, equipamiento profesional y herramientas.
  • Vestimenta acorde para el ejercicio de la profesión u oficio.
  • Repuestos, lubricantes, mantenimientos, reparaciones y seguros de los autovehículos destinados exclusivamente a la prestación del servicio.
  • Subcontratación de servicios profesionales destinados exclusivamente para la prestación del servicio gravado

Pasos prácticos para preparar el IVA cada mes

Para simplificar el proceso mensual, se sugiere seguir estos pasos:

  1. Reunir todas las facturas de ventas del mes y sumar el IVA cobrado (débito fiscal).
  2. Reunir todas las facturas de compras vinculadas a la actividad y sumar el IVA pagado deducible (crédito fiscal).
  3. Verificar consistencia: datos del RUC, fechas, correlatividad, y que no falten comprobantes.
  4. Determinar el resultado (a pagar o saldo a favor) y preparar el pago si corresponde.
  5. Presentar la declaración dentro del vencimiento en el sistema “Marangatu” de la DNIT y realizar el pago a tiempo para evitar multas y recargos

Dado que los procedimientos y herramientas pueden sufrir actualizaciones (de formularios, plataformas, validaciones y requisitos), se recomienda consultar con los canales oficiales de la administración tributaria (DNIT) y, buscar asesoramiento contable para evitar contingencias.