Piden a Cancillería que informe sobre el estado real del proyecto hidroeléctrico Corpus Christi

Representación gráfica de la represa de Corpus Christi con columnas y salida de agua, destacando '2880 MW' en un cielo despejado.
Paraguay y Argentina avanzan en la construcción de la represa de Corpus Christi, proyectada con una inversión de US$ 5.000 millones (Archivo).Gentileza

El diputado colorado disidente Mauricio Espínola presentó un pedido de informes al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, que obtenga información sobre el estado actual del proyecto hidroeléctrico binacional Corpus Christi, compartido con Argentina.

El pedido de informe del diputado Mauricio Espínola (ANR - FR) dirigido al presidente de la Cámara, Raúl Latorre, busca obtener datos oficiales y actualizados sobre las acciones, gestiones y estudios realizados por Paraguay en torno al emprendimiento hidroeléctrico binacional “Corpus Christi-Itatí”.

En rigor son dos proyectos: Corpus Christi o Pindo i, frente a la localidad argentina Corpus, e Itacorá/Itatí, aguas abajo de la represa Yacyretá, frente a las localidades de Ita Corá (Paraguay (e Ita ti (Argentina).

Espínola fundamenta el pedido en las implicancias energéticas, económicas y ambientales del proyecto, así como en el aprovechamiento de recursos hídricos que Paraguay comparte con Argentina. El documento plantea la necesidad de conocer los antecedentes y compromisos internacionales existentes y el alcance de las gestiones en curso.

El pedido se ampara en la Ley N.° 5453/2015, que reglamenta el artículo 192 de la Constitución Nacional sobre pedidos de informes, y su modificatoria, la Ley N.° 7199/2024.

“Este pedido no pretende adoptar una posición a favor o en contra de la construcción de este proyecto, sino que contar con la información necesaria para ejercer nuestra función de control y analizar cualquier decisión que pueda afectar a los intereses estratégicos de la República del Paraguay”, sostuvo Espínola al plantear este pedido ante el pleno.

Las consultas

El artículo 1º de la resolución detalla las preguntas concretas que el Ejecutivo deberá responder. Entre los puntos más relevantes, se solicita precisar:

  • En qué etapa concreta se encuentra el proyecto, con las acciones e instituciones nacionales involucradas en los últimos años.
  • Si existe algún compromiso internacional ya asumido por Paraguay respecto de la construcción, concesión, administración o explotación del emprendimiento, y bajo qué instrumento jurídico.
  • Las condiciones técnicas, jurídicas, ambientales, económicas y diplomáticas necesarias para pasar de la actual etapa de estudios a las de diseño, licitación, construcción y explotación.
  • Las características técnicas previstas: potencia instalada, generación estimada, inversión requerida y modalidades de financiamiento.
  • Los beneficios económicos, energéticos y de infraestructura que corresponderían a Paraguay, y su participación en la generación y disposición de la energía.

El punto sensible: la ubicación de la represa

Uno de los ejes centrales del pedido apunta al emplazamiento de la futura represa. La resolución exige que el Ejecutivo precise cuál es, o cuáles son, los sitios actualmente considerados para la construcción, y cuál constituye la alternativa oficial para los Gobiernos de Paraguay y Argentina.

También se pide informar si existen otras alternativas de ubicación en análisis, con sus fundamentos técnicos y ambientales, y si una eventual modificación del emplazamiento podría afectar los estudios de factibilidad y los acuerdos bilaterales ya alcanzados entre ambos países.

El pedido no se limita a preguntas, ya que la Cámara solicita, además, la remisión de copias de todos los informes, estudios técnicos, económicos, financieros, ambientales y de factibilidad realizados hasta la fecha sobre el proyecto.

A esto se suma la exigencia de recibir copia de todos los tratados, acuerdos, memorandos de entendimiento, actas y notas diplomáticas suscritos entre Paraguay y Argentina en relación con “Corpus Christi-Itatí”, así como el cronograma previsto para la actualización de estudios y las etapas siguientes del proyecto.

El artículo 2º de la resolución establece un plazo de 15 días hábiles para que el Poder Ejecutivo remita el informe a la Cámara de Diputados, conforme al marco legal citado. El artículo 3º dispone comunicar la resolución a las instancias correspondientes y su posterior archivo. El documento fue ingresado el 3 de setiembre a la Cámara de Diputados y se aprobó el pedido de informes el pasado martes, 8 de este mes.