Gremio de contadores recomienda cobrar mínimamente G. 552.744 por IRP

Este artículo tiene 13 años de antigüedad
Imagen sin descripción

Según el Colegio de Contadores del Paraguay (CCP), G. 552.744 es el monto mínimo que puede cobrar un profesional por sus servicios, entre ellos el Impuesto a la Renta Personal (IRP).