Licitación del INAN pisotea ley de presupuesto, denuncia Capainlac

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La Cámara Paraguaya de Industriales Lácteos (Capainlac) cuestiona la licitación 1/13 convocada por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN) para la compra de leche en polvo, porque estaría pisoteando la preferencia que tienen los productos nacionales, según la Ley 4848/13 que aprueba el Presupuesto General de la Nación.

En vista del llamado a licitación del INAN y ante la duda si estaría violando la mencionada ley, el titular de Capainlac, Erno Becker, envió en febrero pasado una nota a la Comisión Bicameral de Presupuesto del Congreso.

Se consultó a los legisladores el alcance del artículo 159 de la Ley 4848/13, el cual establece que las contrataciones para provisión del complemento nutricional en escuelas públicas tendrán por objeto “únicamente bienes considerados producto nacional”.

También se preguntó al Congreso el alcance del artículo 164 de la misma ley, que hace referencia al complemento nutricional y programas de salud en escuelas públicas, cuyos gastos serán “prioritarios para el Presupuesto General de la Nación” y aclara que “las adquisiciones que se efectúen en tal concepto se deberán realizar exclusivamente de la industria nacional”.

Ante las consultas, la Comisión Bicameral envió a Capainlac el análisis de la directora jurídica de la Cámara de Senadores, Blanca Florentín, quien concluye: “Luego de una exhaustiva lectura de los artículos precitados más arriba, esta dirección jurídica entiende que los productos que refiere la Ley 4698/12 ‘de garantía nutricional en la primera infancia’ deben ser de industria nacional”.

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Teniendo esa respuesta del Congreso, la Cámara de Lácteos envió el 17 de abril una nota a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), mencionando la inquietud del gremio hacia la licitación de INAN. Solicitó aclaración, en vista de que la institución pide leche en polvo importada, mientras que la ley de presupuesto establece que solo podrán adquirirse productos de la industria nacional.

Por medio de la nota 943 del 18 de abril, la DNCP respondió que en concordancia con la Dirección Jurídica del Senado, Contrataciones considera que las adquisiciones realizadas en el marco de la Ley 4698/12 De Garantía Nutricional en la Primera Infancia “deberán ser exclusivamente de origen nacional”. El documento está firmado por los abogados Mónica Chilavert, directora jurídica, y Adolfo Arce.

Cinco días después, el 23 de abril, la DNCP envió una segunda respuesta a Capain- lac que contradice la primera, diciendo que “de forma involuntaria se ha plasmado una interpretación equivocada”.

Agrega que esa interpretación dada a los artículos 159 y 164 de la ley del presupuesto “constituye una limitación a la participación de potenciales oferentes”, lo cual “vulnera uno de los principios establecidos en el artículo 4º de la Ley 2051/03” de “igualdad y competencia”. La nota fue firmada por el titular de Contrataciones, Douglas Oneto Bonzi, pero no por su equipo jurídico.

La gerente de Capainlac, Lourdes Torres, señaló que esta doble respuesta de la DNCP deja aún más confundidos a los industriales lácteos, por lo que solicitan una aclaración sobre el tema y sobre el cambio repentino de Contrataciones Públicas.