La movida forma parte del proceso de migración de los recursos de libre disponibilidad que las estatales tienen depositados en los bancos privados.
La Ley N° 5554 de Presupuesto General de la Nación obliga a los entes públicos, excluyendo el IPS, a transferir sus fondos al BNF, proceso que fue reglamentado por Decreto N° 5402 del Poder Ejecutivo.
La primera partida de los fondos transferidos son los que están depositados a la vista en los bancos privados y algunos certificados de depósitos de ahorro CDA cuyos plazos ya vencieron, según explicaron los técnicos de Hacienda.
La mayor parte de los recursos están en guaraníes y una porción menor en dólares, y corresponden a aquellas entidades descentralizadas, principalmente.
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De acuerdo a datos del Ministerio de Hacienda, los fondos públicos que estarían en los diversos bancos privados superan los G. 2 billones (US$ 365 millones al cambio vigente).
Plazos
El decreto reglamentario establece que el traspaso al BNF se hará de manera gradual: hasta el 25% de los recursos en libre disponibilidad en un plazo de 30 días hábiles; hasta el 50%, en un plazo de 60 días hábiles; hasta el 75%, en un plazo de 90 días hábiles, y la totalidad, en un plazo de 120 días hábiles (en octubre debe concluir).
Los fondos institucionales que no se encuentren en libre disponibilidad deberán ser depositados en el banco estatal en un plazo máximo de 90 días hábiles computados a partir de sus respectivos vencimientos.
Los fondos del IPS no están incluidos en este proceso, según dejaron en claro.