Nuevo régimen de importación viola la Constitución, según despachantes

Este artículo tiene 12 años de antigüedad
Imagen sin descripción

El nuevo régimen de importación, que permite traer productos frutihortícolas hasta por US$ 2.000 y convierte a trabajadores informales de frontera en pequeños importadores, no solucionará el contrabando; además, es inconstitucional, asegura el Centro de Despachantes.

El Centro de Despachantes de Aduanas del Paraguay (CDAP), comunicado mediante, dio a conocer su postura oficial ante el nuevo régimen de importación que estableció el gobierno para los trabajadores informales.

La medida establecida no es aceptada por los despachantes, quienes rechazan este sistema por considerar que atenta contra principios establecidos en la propia Constitución Nacional, como el derecho a que todos los contribuyentes tengan un principio de igualdad ante el Estado.

“Consideramos que el acuerdo viola el principio de igualdad, garantizado en el artículo 46 de la Constitución Nacional, al brindar privilegios a ciertos contribuyentes, en perjuicio de otros”, asegura el documento.

Dice además que no puede considerarse una solución al contrabando establecer medidas de permisividad evitando procedimientos establecidos en el propio Código Aduanero.

En ese sentido, el nuevo régimen impuesto por el gobierno, denominado “importación simplificada” y que beneficia a todos los trabajadores informales de frontera, establece que cada importador pequeño registrado en el sistema no tendrá la necesidad de contar con un despachante para hacer sus trámites de importaciones.

El régimen autoriza a cada pequeño importador a ingresar productos frutihortícolas por valor de US$ 2.000 al mes.

Para ser registrado como “pequeño importador” se establece una serie de requisitos (ver infografía de arriba) que el trabajador informal debe llenar para acceder a los beneficios del sistema de despacho simplificado.

Entre los beneficios figura que cada pequeño importador será su propio despachante, sin necesidad de contar con un agente de comercio exterior.

Esta situación afecta directamente a los despachantes, ya que se dejan de lado sus funciones a partir de esta medida gubernamental.

Para el CDAP, ya existe un sistema de despacho simplificado mediante el cual no hay necesidad de la intervención del despachante, que es el sistema de Despacho Menor.

Además, los despachantes aseguran que ya existe el despacho menor -que se utiliza para importadores ocasionales y hasta un monto no superior a los US$ 2.000- el régimen de pacotilla, sistema que sigue vigente y mediante el cual se pueden meter productos de consumo familiar desde Argentina o Brasil, por valor de US$ 150, salvo la lista de mercaderías prohibidas.

Desde el Centro de Despachantes consideran que es casi ilegal el establecimiento de un régimen temporario, que incluso evita la participación del despachante, violando lo que dice el Código Aduanero.