La Corte Suprema de Justicia y el Ministerio Público entienden que imponer límites legales a la importación de vehículos usados es un atropello a la Constitución Nacional.
Los ministros de la Corte, en diversas sentencias de inconstitucionalidad, argumentan que existe una violación al derecho constitucional al trabajo y al acceso de oportunidades cuando se impone límites de antigüedad al ingreso de vehículos usados.
Los miembros de la Corte olvidan que el derecho a un medio ambiente sano también tiene rango constitucional y que la protección a la biodiversidad es una obligación del Estado paraguayo.
La libre importación de vehículos chatarra es una amenaza para el medio ambiente y una agresión a la biodiversidad. Se parte de la premisa falsa de que el derecho al trabajo se encuentra por encima de toda limitación legal.
¿Se restringe el derecho a trabajar al imponerse un límite a la importación de vehículos con más de 10 años de antigüedad de fabricación?
Por supuesto que no. El importador de vehículos usados puede seguir trabajando con absoluta libertad.
Lo que se pretende a través de la ley es un mínimo de garantía de que las unidades motorizadas no serán dañinas para el medio ambiente y que cumplirán ciertas garantías de seguridad para el usuario.
Tampoco existe una restricción al comercio, dado que siguen vendiendo igual. Ninguno de los derechos de los importadores de autos usados se encuentra limitado por la Ley 4333/11, por lo tanto la ley no es inconstitucional.
Poner orden en casa
El Congreso Nacional sancionó la Ley 2153 en el año 2003, imponiendo un límite de 10 años en la antigüedad de vehículos usados que pueden importarse en el país.
Con posterioridad se aprobó la Ley 4333, en el año 2011. Ambas coinciden en el punto central que es la restricción en cuanto a la fecha de fabricación.
El objetivo del cuerpo legal es proteger al país y la ciudadanía de situaciones que puedan poner en peligro tanto la seguridad de los usuarios como el medio ambiente.
Un vehículo que supera los 10 años de su fecha de fabricación puede carecer de niveles de seguridad adecuados y también de la tecnología necesaria para asegurar la quema del combustible.
El argumento de los importadores de autos usados de que un vehículo cero kilómetro o de cinco años de antigüedad no garantiza nada es una falacia, por no decir una tomadura de pelo al sentido común.
10 años es lo máximo que se puede tolerar para el ingreso de vehículos usados y en tal sentido legis-
laron los parlamentarios. Un tiempo mayor de la fecha de fabricación se convierte en un problema para el ambiente y para los usuarios.
Ganancias mayores
Buena parte de los vehículos usados que se importan vienen de Iquique (Chile), donde los autos con más de 10 años de fabricación se venden hasta dos mil dólares más baratos.
En Paraguay no existe tal descuento para el comprador, se vende casi al mismo precio que uno que cumple con las leyes.
Esa diferencia de precio es lo que buscan mantener los importadores de autos usados para aumentar sus ganancias.
El precio menor no se transfiere a los potenciales clientes, los importadores se lo guardan en el bolsillo.
También es falso que exigir el cumplimiento de la Ley 4333/11 sea una campaña en contra de los pobres o de los discapacitados.
Al contrario, es reclamar que aquellas personas de menores recursos o que tengan discapacidad reciban un producto acorde con el pago que hicieron.
La decisión de la Corte Suprema de Justicia, de expedir a mansalva sentencias de inconstitucionalidad, tiene como resultado la invasión de chatarras dentro de las rutas del país. No existe ninguna garantía de las condiciones reales en que se encuentran y tampoco del impacto en el medio ambiente.
Buses chatarras funcionan con protección de jueces, itinerarios para empresas fantasmas se conceden con recursos de amparo y la importación de autos usados sin límite de antigüedad cuenta con el amparo de ministros de la Corte Suprema de Justicia.
El Poder Judicial convirtió al país en una joda.
Empresas con amparo legal
- Class Car
- Vecca Automotores
- Autosport Paraguay
- Iturbe
- Roslym
- Eclipse Trading
- Marret Automotores
- Importadora Villalba
- Ruta Sexta
- Automóviles Vía Iquique
- R & R Automotores
- Kempten Automotores
- San Pablo Automotores
- Transporte Almirón
- Excel Motor Import Export
- Carros Vía Chile
- Bricar Automotores
- Nuvolari Automotores
- Osidis
- Turiola Pekholtz
- Trans Car
- J & S Automotores
Próxima nota: Lista de beneficiarios con sentencias de la Corte Suprema.
