Exasperación que causa la criminalidad en auge está generando más violencia

Un preocupante episodio se vivió el martes en la ciudad de Luque, tras el asalto a una joyería por dos motochorros. Lo ocurrido puede ser observado desde dos puntos de vista, siendo uno de ellos la cada vez más audaz y frecuente repetición de estos hechos, como si sus autores no temieran una intervención policial, y por el otro lado, hay una reacción cada vez más violenta por parte de las víctimas o de testigos, al parecer también ante la creencia de que no van a recibir ayuda oportuna de las autoridades. En ambos casos, la situación es inquietante. El Estado debe esforzarse por ejercer el monopolio de la fuerza legítima, sin que su inacción deba inducir a nadie a hacer justicia por mano propia. Tras el asalto a la joyería luqueña, uno de los autores que se fugaban en moto fue derribado por un vecino de una pedrada y luego agredido por él y por otra persona, mientras yacía en el pavimento. En otro episodio reciente, un “delivery” persiguió y mató a un asaltante. La exasperación causada por la criminalidad no debe conducir a que los buenos vulneren la ley, en defensa propia o ajena.

Un preocupante episodio se vivió el pasado martes en la ciudad de Luque, tras el asalto a una joyería por dos motochorros. Lo ocurrido puede ser observado desde dos puntos de vista, siendo uno de ellos la cada vez más audaz y frecuente repetición de estos hechos, como si sus autores no temieran una intervención policial, y por el otro lado, hay una reacción cada vez más violenta que se viene observando por parte de las víctimas o de testigos, al parecer también ante la creencia de que no van a recibir ayuda oportuna de las autoridades. En ambos casos, la situación es inquietante.

El Estado debe esforzarse por ejercer el monopolio de la fuerza legítima, sin que su inacción deba inducir a nadie a hacer justicia por mano propia y, por ende, a cometer un delito. Tras el mencionado asalto a la joyería luqueña, uno de los autores que se fugaban en moto fue derribado por un vecino de una pedrada y luego agredido por él y por otra persona, mientras yacía en el pavimento.

Semanas antes, en Asunción, un “delivery” ultimó con un cuchillo a otro asaltante en fuga, tras perseguirlo y atropellar la moto que conducía. También este presunto delincuente, al igual que su cómplice hoy recluido en la cárcel de Concepción, contaba con antecedentes penales y debía haber estado en arresto domiciliario, por haber sustraído una moto en octubre del año pasado. Ahora surgió la noticia de que el “delivery” y la víctima fatal tendrían antecedentes previos. Pese a todo, no debe excluirse que también en esa ocasión se haya recurrido a la “justicia por mano propia”, pues no son pocos los casos en que, ante la inseguridad reinante, se apela a ese expediente o al exceso en el ejercicio de la legítima defensa.

Los hechos referidos también tienen en común que los protagonistas de los dos casos delictivos registraban antecedentes penales y que debían haber estado cumpliendo arresto domiciliario. Con toda evidencia, ambos no estaban privados de su libertad en sitio alguno, de modo que no se atendía el objeto de esa medida, que es el de asegurar la comparecencia del sospechado al proceso penal o al cumplimiento de la sanción. Es obvio que no se había aplicado la Ley N° 5863/17, “que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control”, como las pulseras y las tobilleras, para el régimen de la prisión domiciliaria, entre otros, viéndose así que la Justicia no cumplió con su rol. Todo esto contribuye para que la delincuencia campee en todas partes.

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Es lamentable que el hartazgo de la gente, ante la inoperancia policial y judicial haga que personas de bien pierdan los estribos, actuando indebida o desmedidamente ante la comisión de un hecho punible. La inseguridad estaría conduciendo a que quienes la padecen sean pasibles de una condena penal: aparte de perder sus bienes o su integridad física por culpa de la delincuencia común, pueden perder su libertad por obra de la Justicia.

El art. 15 de la Constitución dice que “nadie podrá hacer justicia por sí mismo ni reclamar sus derechos con violencia, pero se garantiza la legítima defensa”, en tanto que el 19 del Código Penal dispone que no obra antijurídicamente quien cometa un hecho punible “cuando ella fuera necesaria y racional para rechazar o desviar una agresión, presente y antijurídica, a un bien jurídico propio o ajeno”. Esto implica que la reacción debe ser indispensable y proporcionada al ataque. Es preciso atender las normas citadas y a la vez insistir en que el Estado ejerza su deber de proteger los derechos, los bienes y la seguridad de las personas y entidades, así como el de prevenir los delitos, lo que evidentemente no se está cumpliendo.

La exasperación causada por la criminalidad en auge no tendría que conducir a que los buenos vulneren la ley, en defensa propia o ajena. También por eso, el órgano del Poder Ejecutivo encargado de la seguridad interna, así como el Ministerio Público y la judicatura, están obligados a hacer mucho más para evitar que los justos paguen con la cárcel, por haber tenido una reacción desmedida ante un acto delictivo. Se podría empezar, por ejemplo, impidiendo que las medidas alternativas a la prisión preventivas permitan que los afectados sigan delinquiendo y que las penas privativas de libertad sirvan, realmente, para readaptar a los condenados y proteger a la gente de bien. De lo contrario, nuestra sociedad va a entrar en una vorágine de violencia, donde rija la ley del más fuerte y no la Justicia.