El Tribunal de Conducta colorado, que lo excluyó del partido oficialista, ya apeló la resolución del tribunal electoral.
Sarubbi formó parte de los 8.498 desafiliados de la ANR por aplicación del artículo 71, inciso “e” de los estatutos partidarios, según resolución del 30 de mayo pasado del Tribunal de Conducta. La disposición estatutaria señala que se pierde la condición de afiliado “por asumir la condición de candidato o propiciar y apoyar candidaturas opuestas a las oficialmente presentadas por el partido”.
Sarubbi, al postularse por la alianza Ganar, violó los estatutos, por lo que fue excluido de oficio, a igual que los demás colorados, por el Tribunal de Conducta.
El parlamentario, que decidió volver a la ANR y formar parte de la bancada cartista, según anunció semanas atrás el titular colorado Pedro Alliana, pretende recuperar su condición de afiliado mediante la acción judicial. El Tribunal Electoral de la Capital, integrada por Guillermo Casco, Alejandro Herrera y Myriam Cristaldo, le dio la medida cautelar solicitada de permanecer como afiliado colorado.
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En una nota del 16 de julio último dirigida al Tribunal de Conducta Sarubbi dijo que se enteró de que está en la lista de expulsados de la ANR y que le extrañaba de sobremanera no haber sido notificado del sumario para tomar tan extrema medida. También amenazó con iniciar “las acciones legales ante la flagrante violación de mis derechos constitucionales del debido proceso y la defensa en juicio”. Sin embargo, Sarubbi ignoró que la desafiliación, según el Art. 71 de los estatutos, es de oficio, no así la expulsión, según explicaron en el tribunal punitivo colorado.
