“Con relación al comiso, dicho instituto prevé la posibilidad de que sean decomisados los objetos producidos y los objetos con los cuales este se realizó o preparó; en ese sentido, todos los bienes con los que se constituyó la firma Príncipe Di Savoia SA han servido como sustento logístico para el lavado de dinero, puesto que mediante la utilización de estos se creó una empresa de fachada utilizada para la adquisición y administración de otros bienes ilícitos”, apunta la fiscalía.
“Sobre el comiso especial, cabe recordar que el Estado, a través de sus autoridades, podrá privar a una persona de los beneficios obtenidos por la realización de un hecho antijurídico. Mediante esta figura (comiso especial) no se decomisan los instrumentos del delito, sino lo producido por la realización de las actividades ilícitas, que en este caso serían todos aquellos depósitos de dinero, tanto en efectivo como en cheques, realizados a las cuentas de los acusados que no posean sustento legal, así como también todos aquellos bienes adquiridos por la firma comercial (Príncipe Di Savoia SA) producto del lavado de activos”, apunta en la parte final la acusación presentada contra González Daher y Rubén González Chaves.
