Los tres presentaron un incidente impugnando la imputación, pero el juez Yoan Paul López rechazó esa solicitud, por lo que fue a la Cámara y ahora los magistrados, tras analizar el requerimiento, señalan que del estudio de los fundamentos expuestos por el juez en las resoluciones impugnadas no se detectan lesiones al principio de objetividad.
Apuntan los camaristas que en las resoluciones recurridas no se ven errores de procedimiento o falsa apreciación de los hechos o equivocada aplicación o interpretación del derecho que ameriten modificarla, revocarla o anularla.
En consecuencia rechazan la apelación planteada por el diputado Cuevas, su esposa e hijo.
De esta manera, el juez Yoan Paul López ya puede admitir la imputación contra el diputado Miguel Cuevas, por enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias y declaración falsa. Contra Nancy Florentín de Cuevas, por cobro indebido de honorarios y uso de certificado de méritos y servicios de contenido falso y la de Enzo Cuevas Florentín, por supuesto enriquecimiento ilícito (cómplice).
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