Extienden plazo para registro

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El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, firmó el Decreto N° 3572, con fecha 27 de abril, por el cual extiende el plazo de comunicación en el Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas y en el Registro Administrativo de Beneficiarios Finales, creada por Ley N° 6446/2019 (paquetes de ley contra el lavado de dinero).

La decisión del Poder Ejecutivo es por el periodo de cuarentena por la pandemia del covid-19 en el país, considerado “desde el 9 de marzo hasta el 30 de junio de 2020”.

De acuerdo al nuevo calendario de plazos de comunicación en el registro, las personas y estructuras jurídicas con terminación de RUC de 0-3, cuyo plazo máximo para comunicar en los registros se encuentre vencido, tendrán oportunidad de cumplir estas obligaciones, sin aplicación de sanción o multa, excepcionalmente, hasta el 30 de junio de 2020.

Para las personas y estructuras jurídicas constituidas con posterioridad a la fecha de la vigencia de la Ley N° 6446/2019, rige el plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles posteriores a su constitución, para la que se deberá considerar la fecha de salida de la inscripción en los registros públicos.

El 29 de noviembre de 2019 fue promulgada la Ley Nº 6446 y reglamentada por el Decreto Nº 3241 del 10 de enero de este año.

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