La Contraloría General de la República realizó una auditoría al subsidio que el Estado aporta mensualmente a vehículos del transporte público del área metropolitana, correspondiente al año 2012.
Los resultados revelan que 44 empresas están registradas para recibir ese beneficio. Sin embargo, perciben millonaria suma del Estado 41 empresas permisionarias de la Secretaría de Transporte del Área Metropolitana de Asunción (Setama).
Esto a pesar del pésimo servicio que prestan diariamente a la ciudadanía. El usuario lidia cotidianamente con vehículos sucios, incómodos, con desperfectos mecánicos y choferes-cobradores malhumorados que muchas veces ni se detienen a alzar a pasajeros, especialmente estudiantes beneficiados con el boleto estudiantil.
El listado de las empresas con el monto que percibieron durante el año 2012 se detalla en el cuadro que ilustra esta página. El monto que percibió mensualmente cada unidad del transporte público en ese año fue de G. 5.402.700, según resolución del 15 de febrero del 2012, y G. 4.930.740, de acuerdo a la resolución del 4 de julio del año pasado. Estas determinaciones fueron adoptadas en forma conjunta por la comisión conjunta encargada del subsidio que integran la Secretaría Técnica de Planificación y los ministerios de Industria y Comercio, Obras Públicas y Hacienda.
La citada comisión interinstitucional, según decreto número 6359/11, tiene a su cargo realizar un análisis de la situación real del transporte público de pasajeros; estudio del plan de renovación de flota de las empresas del transporte público de pasajeros; un plan de retiro de buses obsoletos; mecanismos para la reconversión de las empresas del transporte público; revisión de parámetros de cálculos de la tarifa vigente, y proponer mecanismos tendientes a transparentar el manejo legal, económico y fiscal del sector transporte.
Requisitos para acceder al subsidio
El informe de auditoría de Contraloría refiere al artículo 6 del decreto del Poder Ejecutivo, sobre requisitos obligatorios para que empresas del transporte de pasajeros perciban del Estado millonaria suma de dinero en concepto de subsidio.
Los requisitos son: empresas que prestan servicios intermunicipales, legalmente habilitadas, registradas y en cumplimiento con el pago de sus obligaciones ante Setama; las que están legalmente habilitadas por sus propios municipios; las que se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con evidencia de que las empresas se encuentran efectivamente operando; las que estén al día en el pago de cánones con la Setama; las que cuenten con el registro del Ministerio de Justicia y Trabajo; las que se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones con el Instituto de Previsión Social (IPS); las que no se encuentren operando con medidas cautelares, salvo las que cuenten con sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas; las que cumplan con la presentación del plan de renovación de su flota y suscriban un compromiso de implementación del mismo.
El decreto recalca que “el incumplimiento de cualquiera de estos requisitos impedirá a las empresas del transporte acceder a los beneficios del subsidio”.
