El libre tránsito y de manifestación no son excluyentes entre sí

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Si hay un tema estudiado en profundidad por los economistas es el referido al costo de la incertidumbre. Esta implica la falta de certeza del valor que tomará una variable económica. Y si bien la certeza absoluta no existe, lo que debe darse es un ámbito de confianza para que el presente y el futuro no sean tan distantes entre sí con situaciones absolutamente diferentes.

Por ejemplo, las metas de inflación. Se busca de este modo que las personas tengan a su disposición el ritmo en el que los precios irán aumentando. Digamos que este es el modo de optimizar los escasos recursos disponibles y el consumo mismo sin tener que ser afectado por cambios en los precios.

La incertidumbre, por tanto, y en materia no solo económica sino también política, afecta negativamente la actividad de los individuos, familias y empresas como también del mismo Estado. La incertidumbre termina por incentivar a esperar antes que enfrentar nuevos o sobrecostos en un emprendimiento o inversión, como también afecta los precios de los activos y termina por destruir la confianza, la seguridad de productores y consumidores.

Igualmente la incertidumbre afecta el grado de eficacia y eficiencia de la política económica llevada a cabo por el gobierno de turno. Por ejemplo y en concreto, el cierre de rutas y calles crea inexorablemente incertidumbre con sus efectos citados. Al incrementarse los costos de transacción se afecta a la producción, el comercio, la compras y ventas de bienes y servicios.

Libre tránsito y manifestación

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De nuevo se viene poniendo en tela de juicio conceptos que por su naturaleza y puesta en práctica no son excluyentes entre sí. Me refiero al libre tránsito y a la manifestación. Estos dos institutos se hallan consagrados en nuestra Constitución Nacional de un modo armonioso y correcto.

Si antes se enfrentó a la salud con la economía, ahora sucede lo mismo. Por cierto, escribí en este espacio en plena pandemia sobre el falso dilema entre salud y economía, cuestión que me mereció la crítica de algunos sectores porque consideraban que mi argumentación convertía a la vida como por debajo de la economía, y no es así.

De todos modos en aquel artículo que denominé como el falso dilema entre salud y economía publicado el 20 de abril de 2020 sigue a consideración de los lectores. Lo menciono sencillamente para hacer notar que prevalece en algunos la tesis de la confrontación violenta como método de vida social en lugar del intercambio de ideas. En esta ocasión tenemos al libre tránsito y el de manifestación. El artículo 41 “Del derecho al tránsito” y el artículo 32 “De la libertad de manifestación” en la Constitución guardan celosamente sus respectivas estipulaciones para garantizar la libertad como el orden público.

No son excluyentes entre sí

En el ámbito de la lógica dos proposiciones o situaciones son excluyentes entre sí cuando ambos no pueden ser verdaderos al mismo tiempo. Por ejemplo, si tiramos una moneda y cae dando “cara” pues no puede ser también “cruz; o cuando se sostiene que el mal gasto público es malo y para otros puede ser bueno porque supuestamente le beneficia a ciertos sectores.

En el caso concreto del libre tránsito y de manifestación no existe tal cosa, ambas proposiciones o eventos no son excluyentes entre sí, una no se encuentra en categoría de privilegio sobre el otro. Pero lamentablemente los que insisten en que manifestarse se encuentra encima del libre tránsito caen en esta peligrosa contradicción.

En realidad no existe exclusión entre transitar libremente y la de manifestarse. Ambas situaciones son consustanciales a la libertad individual expresada en una sociedad donde nadie está facultado a afectar los derechos de los demás. Si se aceptara que manifestarse está sobre el libre tránsito pues se genera la sociedad del privilegio, de ciudadanos de primera y segunda clase.

Que un grupo de personas se manifiesten y soliciten al gobierno una medida determinada está muy bien. Es su derecho. La misma Constitución habla del derecho a peticionar a las autoridades. Pero peticionar es diferente a exigir que el reclamo se vuelva a favor de los manifestantes usando la fuerza contra otros.

Se puede peticionar que bajen los precios de los combustibles o que se diga enfáticamente que tal ley no puede ser aprobada por el Congreso. No obstante, nadie está autorizado por la Constitución a cerrar una calle o una ruta vedando el movimiento o el tránsito de otros ciudadanos.

Impedir la voluntad de otro

Por ejemplo, si una persona es pobre no está autorizado a asaltar y robar alimentos usando la violencia porque su condición económica así lo exige. Esto crearía un caos irreversible. La sociedad caería presa de los agitadores y extorsionadores.

Toda la sociedad pierde bajo esa forma de vida, incluso los mismos violadores de los derechos de los demás, puesto que a quienes les perjudican son los que de algún modo le están dando de comer, como de hecho ocurre cuando se cierra una ruta y no se permite el libre tránsito de personas y mercaderías.

El viejo pero actualísimo axioma por el cual nadie puede hacer justicia por sí mismo ni reclamar derechos con violencia, inserto igualmente en nuestro orden jurídico, significa que ninguna persona puede hacer valer su voluntad sobre la de los demás usando la fuerza.

Impedir que las otras personas puedan transitar de un lugar a otro porque a unos (que están en su derecho de manifestarse) se les ocurre violar los deseos de tránsito (porque tienen que ir a trabajar, ir al médico, celebrar un contrato o ir a divertirse etcétera) es una cuestión que de convalidarse estaría haciendo lugar a la fuerza sobre el derecho y de ahí a que el delito genere un derecho.

¡En ningún modo esto es aceptable! Ahora bien si las autoridades no impiden el cierre de rutas y calles aún cuando sean intermitentes, entonces no están cumpliendo con su deber. Ningún miembro de los poderes del Estado en su función de empleados y servidores públicos pueden adquirir el rol de cómplices de los que violan las leyes.

¿Qué debe hacer el gobierno? Aplicar la Constitución Nacional porque por ningún motivo y en ninguna circunstancia los funcionarios electos o administrativos, les está autorizado a violar la ley a la que deben su función.

La gente, la sociedad es la que sale perdiendo y mucho. De ahí que elevar la sanción por violar el libre tránsito (que no está en contraposición ni es excluyente al derecho de manifestarse) es una medida correcta que merece la atención de la gente trabajadora, de las familias que desean vivir en un país donde todos seamos iguales ante la ley.

Afecta

La incertidumbre, no solo en lo económico sino también a nivel político, afecta negativamente a los individuos, familias, empresas y al Estado.

Destruye

Termina por destruir la confianza, seguridad de productores y consumidores. Incide en precios de activos y obliga a esperar sobrecostos en una emprendimiento.

(*) Catedrático de materias jurídicas y económicas en UniNorte. Autor de los libros “Gobierno, justicia y libre mercado”; “Cartas sobre el liberalismo”; “La acreditación universitaria en Paraguay, sus defectos y virtudes” y otros como el recientemente publicado “Ensayos sobre la Libertad y la República”.