Ahora bien, conforme a la periferia del lavado, se puede deducir bajo aristas de los casos concretos, tal como el de la industria de los casinos, que proponen juegos de azar; en razón a que, en determinados parámetros irregulares, pueden llegar a presentar características económicas clave. Es decir, pueden llegar a constituirse en zonas de conexión entre el dinero de origen delictivo y la economía formal.
Dicho lo anterior, hemos de observar a los casinos desde una perspectiva paradigmática, pues bien, existe un elevado movimiento de fondos, una notable utilización de efectivo, una ineludible rapidez de las operaciones, como también la presencia de una multiplicidad de agentes jugadores, y la posibilidad de transformar dinero en instrumentos propios del juego.
Así, el volumen de las transacciones ocupa un factor determinante para la debida diligencia, advirtiéndose las bases de aquellas apuestas de alto valor y determinadas condiciones de anonimato, que hacen de dicho fenómeno, un ambiente atractivo para quienes pretenden ocultar el origen de recursos ilícitos.
Por otro lado, encontramos que ciertas operaciones individuales, pueden aparentar aisladamente una notoria perfección y compatibilidad con las ganancias regulares, pues bien, se refiere a la compra de fichas y/o el acto de realizar apuestas, y posteriormente, cambiar las fichas o retirar fondos, lo que se traducen en comportamientos propios del funcionamiento ordinario de un casino.
No obstante, el factor de riesgo empieza cuando dichas operaciones son instrumentalizadas para generar una apariencia de legitimidad respecto de los recursos, y ante ello, la tipología por modalidad material de fichas físicas de casino, se ha transformado en un mecanismo que advierte un giro alrededor de la conversión del dinero, en instrumentos propios del establecimiento. Lo que ocurre es que su introducción en calidad y/o apariencia económica lícita sobre los fondos inicialmente ingresados complica la trazabilidad, incrementándose cuando se tratan de terminales electrónicas de apuestas.
Por consiguiente, se puede referir a su vez sobre la existencia de casinos ilegales vinculados con redes de asociaciones criminales, sin embargo, no estamos exponiendo que toda operación de elevada cuantía y/o de compra significativa de fichas resulte sospechosa por sí misma. Es que, el factor basado en riesgos deduce como relevante establecer primeramente un análisis en referencia a cada conducta económica, esto es, examinando la coherencia del perfil del cliente, su capacidad económica, el comportamiento habitual, la modalidad de las operaciones, entre otras cuestiones.
Es así que, entre la dinámica irregular dentro del sector, se debe ponderar, no solamente, cuánto dinero ingresa una persona, sino también cómo lo utiliza, puesto que una operación puede llegar a apreciar una conexión relevante cuando existe una desproporción entre el volumen de fondos introducidos y la verdadera actividad de juego desarrollado; así también, cuando se producen algunos movimientos de manera reiterada, pero con una ausencia lógica económica, que impliquen patrones transaccionales incompatibles.
Entonces, encontramos en la debida diligencia del cliente, una fórmula preventiva, que se puede sumar a la recopilación y verificación de toda la información que permita evaluar los riesgos asociados a su comportamiento.
Mientras que el monitoreo de las transacciones puede permitir una detección moderna del lavado, desde los depósitos, retiros, cambios, transferencias y “apuestas” según el caso concreto.
Ante ello, se debe conectar cada comportamiento del agente jugador, con relación inmediata a los servicios, operaciones repetitivas o ciertas inconsistencias entre la actividad declarada. En tanto, hemos de precisar sobre la notoria expansión de los “casinos en línea”, pues, cuando estamos ante el escenario digital se introducen nuevas variables que se conectan con la apertura de múltiples cuentas, la verificación remota de identidad y el movimiento acelerado de fondos.
Así, desde una perspectiva político-criminal, los casinos deben ser entendidos de igual forma como puntos clave de convergencia entre la actividad económica legítima y el riesgo financiero, en vista a que la función comercial que ofrecen no los convierte en estructuras ilícitas “ab initio”, pero pueden resultar atractivas para quienes buscan otorgar apariencia lícita a recursos originados en delitos precedentes.
Definitivamente, existe un gran desafío en la actualidad, dejando en claro que no se busca criminalizar la actividad del juego, pero no se puede negar el grado de importancia que surge por identificar cuándo una infraestructura legítima comienza a ser utilizada como instrumento para ocultar, transformar y/o justificar patrimonio de procedencia ilícita. Es por tanto que, el caso de los casinos se ha constituido en la representación de riesgos, ante la sucesión de apuestas y movimientos económicos, proclamándose el interés por reconstruir el origen, la trayectoria y el destino final de los fondos.
Zonas de conexión
Los casinos, que proponen juegos de azar, pueden constituirse en zonas de conexión entre el dinero de origen delictivo y la economía formal.
Volumen de transacción
Volumen de transacción ocupa factor clave para la debida diligencia, advirtiéndose las bases de aquellas apuestas de alto valor y en anonimato.
(*) Docente Investigador de la Carrera de Derecho de la Universidad Americana. Doctor en Derecho Universidad Nacional de Rosario - Argentina (UNR). Doctor en Ciencias Jurídicas UNA. Posdoctor en Ciencias (PD Cs.) - Mención Investigación Científica. Magíster en Ciencias Penales. X: @MatiasGarceteP