La conducta atribuida a Leoncio Saúl González , (Administrador del Contrato), consistente en que no ha informado a la presidencia de Petropar sobre la falta de ejecución del contrato por parte de la Contratista MGA Construcciones, se encuadra dentro de las disposiciones de los Artículos 192 inciso 1º y 2º en concordancia con el 31º del Código Penal
La conducta atribuida a Carlos Daniel Esquivel Isnardi, consistente en que el mismo solicitó la suscripción de la Adenda 2 al Contrato Pre 232/13, que modifica la Cláusula Vigésimo Primera “Condiciones de Pago”, al pago anticipado del 50% del valor total del contrato, a través del Memorándum UOC Nº 085, de fecha 08 de abril de 2013, se encuadra dentro de las disposiciones de los Artículos 192 inciso 1º y 2º en concordancia con el 31º del Código Penal.
Plazo
La fiscala Victoria Acuña solicitó a la justicia el plazo de seis meses para presentar acusación u otro escrito conclusivo en este caso. Ahora se deberá convocar a los involucrados para la imposición de medidas alternativas a la prisión como solicitó la agente.