Sucedió en la siesta del miércoles 24 de abril pasado en el Palacio de Justicia de la ciudad de Luque, cuando la doctora Dina Marchuk estaba haciendo uso de la palabra y el acusado –encaminado hacia una condena segura– lo interrumpió diciéndole que su exposición parecía un chiste.
Con muy buen tino, la magistrada observó dicha inconducta ordenando que se desalojara la sala. La reacción de las fuerzas policiales encargadas de la seguridad fue lenta.
Ello no pudo impedir, tal como debiera haber ocurrido, que el propio Adolfo Trotte pronunciara algunos términos principalmente contra la Magistrada, quien le ordenó que se callara, mientras que, caminando parsimoniosamente, alcanzaba la puerta lateral izquierda de la sala.
El protagonismo de Adolfo Trotte hasta ahí llegó, ya que fue llevado hasta un sitio aislado del recinto, pero dicho non sancto espacio fue tomado por su hermano Cristian Trote, quien al mejor estilo “Garbellano” comenzó a gritos a violar todas las disposiciones disciplinarias que rigen la conducta de quienes forman parte de un juicio, ya sea como acusadores, acusados, juzgadores o público.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
“Yo también pido ser retirado de este lugar”, comenzó diciendo y movilizando a quienes estaban a su alrededor, entre ellos, a las dos hijas del condenado.
“¡Esto es un circo! ¡Usted no es jueza; parece la mamá de la fallecida!”, gritó.
A metros de él, su sobrina e hija de Adolfo Trotte gritaba: “¡Manga de mentirosos! ¡Injusticia! ¡No tiene corazón, caraj...”.
La conducta de los citados precedentemente fue claramente de una falta de respeto a la investidura de la presidenta del tribunal de sentencia y, por ende, de los integrantes del cuerpo colegiado, quien en primer lugar actuó de acuerdo a la norma jurídica para el condenado, pero que no alcanzó a los demás miembros de la familia, quienes igualmente son pasibles de la aplicación de las medidas disciplinarias de acuerdo a la normativa jurídica que rige en nuestro país.
Fue un claro atentado contra la majestad de la justicia, contra la imagen del Poder Judicial, ya que se transmite una imagen de falta de reacción ante transgresores como ellos y, en consecuencia, afecta gravemente a la credibilidad de esta.
Tal como lo hemos afirmado en este mismo espacio ya en agosto del año pasado, la calidad de la justicia necesariamente conlleva la rápida reacción ante este tipo de hechos que generan un repudio ciudadano, principalmente de aquellos sectores sociales que exigen que este Poder del Estado esté lejos de ser un ente amorfo e inerte, incapaz de hacer uso del impérium del cual está investido.
Por ello, ratificamos nuestra postura de que todos aquellos que actúan indecorosamente, y más aún en sede judicial, deben ser sancionados con algunas de las disposiciones disciplinarias, y más aún durante la lectura o la argumentación de la decisión final de parte de los integrantes del tribunal de sentencia.
Esta no es la primera vez que ocurre esto en nuestro país, y aunque en lo de Ycuá Bolaños, en aquel primer juicio, los desmanes evitaron que se terminara la lectura de la sentencia, esta vez la situación no pasó a mayores, quizás por la mínima cantidad de desbordados, ante una pasividad asombrosa de los encargados de seguridad del recinto oral y público.
La confianza y el respeto hacia la magistratura son las garantías de la eficacia del sistema jurisdiccional: los justiciables perciben la conducta del juez en su actividad profesional como un factor esencial de la credibilidad de la justicia.
Todo lo afirmado se respalda en el Art. 247 de la Constitución Nacional, en concordancia con el Art. 17 del Código Procesal Civil, 236 del Código de Organización Judicial, la Acordada 709 de la Corte Suprema de Justicia, siendo los valores más representativos de la Magistratura Judicial aquellos dispuestos en el Art. 5° del Código de Ética Judicial, resaltando entre los mismos la “dignidad”, “fortaleza” y “respeto”.
“Los Trotte” atentaron contra la dignidad de la magistratura, faltaron el respeto a la investidura de los conjueces, no guardaron la compostura y el decoro durante la argumentación de la decisión del cuerpo colegiado y, en consecuencia, debían haber recibido las medidas disciplinarias en forma inmediata por el mismo tribunal.
* Juez de paz de Yabebyry, Misiones
