La ley que habla por ellos, ¿funciona?

En 2013 se promulga la Ley 4840 De Protección Animal. Aunque era un avance, tenía vacíos, como falta de castigo penal. En 2017, una modificación otorga 2 años de cárcel a quienes sean crueles con los animales, pero, ¿es real la aplicación de la normativa?

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Ver que un vecino de tu barrio tiene atado a un perro bajo la lluvia y el sol por semanas, o que en una casa están haciendo pasar hambre y lastimando a gatos, hoy en día ya no tiene por qué ser una situación que te lleve a lamentarte con los brazos cruzados.

Existe una normativa legal, tan promulgada y vigente como cualquier otra, que te garantiza que puedas ir a la comisaría o Fiscalía de tu barrio, y denunciar al culpable de estos hechos de violencia contra los indefensos animales.

Pero, ¿las letras escritas en un papel son suficientes para que el comisario de tu barrio no se te ría en la cara cuando vas a pedirle socorro porque están maltratando a una mascota? ¿Qué tan factible es pasar de largo la comisaría e ir directamente a la Fiscalía barrial a denunciar a los violentos e iniciar un proceso penal?

Un recorrido por especialistas en diversas áreas, comenzando por el ámbito animalero hasta los agentes del Ministerio Público encargados de imputar a los acusados, pasando por abogados que llevan los casos de maltrato en distintos rincones del país, nos permitió dilucidar un panorama claro de cuál es la situación legislativa actual con respecto a los animales.

Haber logrado La ley de Protección Animal en el año 2013 fue un primer paso, pero, tristemente, no significó gran impacto. Este marco legal todavía se limitaba a prohibir la tenencia de mascotas por un plazo de 10 años a los maltratadores, transmitiendo así el concepto de que los animales, en lugar de ser seres sintientes, se limitan a ser propiedad, como una silla o una mesa.

María Inés Vigo, miembro de la agrupación animalera Narices Frías, una organización que funciona como un materno infantil de animales, pues protegen a perritas embarazadas y cachorros bebés, nos explicó que la Ley 4840/13 es muy amplia, y tenía en su momento varios artículos donde se estipulaban las faltas leves, graves y muy graves. El inconveniente fue que las consideradas faltas muy graves no eran catalogadas como delitos de acción penal pública. “Lo que se hizo fue tomar esos artículos, específicamente el 38, donde se hablaba de las faltas y modificarlos para que las faltas graves sean penadas con dos años de cárcel o multa. Todo, para que de alguna manera, sea mayor el castigo”, puntualizó Vigo.

Otro de los puntos clave de la ley, cuya modificatoria es la Nº 5892/17, tiene que ver con el artículo 10, inciso 2. En la modificación se establece la creación de una unidad especializada de protección animal, una institución dependiente del Poder Ejecutivo y con capacidad presupuestaria. Si nos guiamos por la ley que la creó, ya debería estar funcionado, pero, por increíble que parezca, todo ha quedado en letra muerta, pues ni siquiera cuenta con un espacio físico destinado, menos aún con un director, y, ni soñando, con un presupuesto real.

María Inés Vigo asegura haberse puesto en contacto con personal de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, donde le aseguraron que efectivamente el dinero para la Dirección de Protección Animal existió en el Presupuesto General de la Nación, ejercicio fiscal 2018, y que habría rondado los G. 2.000 millones.

En ese momento, le explicaron también que la misma redacción del artículo de la ley que crea la Unidad de Protección Animal ya es en sí una autorización al Poder Ejecutivo para que a través de Hacienda se realicen las transferencias de créditos a las entidades.

Entonces, ¿cuál es el inconveniente? ¿Por qué si existe dinero no está funcionando ya esta dirección? Sencillamente porque la entidad no está constituida y por tanto Hacienda no ha recibido ninguna solicitud de transferencia. El presidente de la República no se ha tomado en serio aún la tarea de destinar un espacio físico y designar a un director que comience a gerenciar, según nos cuenta María Inés Vigo.

Así como están las cosas, ni bien se constituya la entidad, el Ministerio de Hacienda está facultado a realizar transferencias y dotar de dinero a la entidad conforme a la disponibilidad presupuestaria. Estos datos fueron obtenidos a partir de información oficial de la Dirección de Presupuesto de Hacienda, remitida a través de correos electrónicos, documentos con los que contamos al momento de publicar el presente reportaje.

Mientras hay dinero disponible que no se ejecuta y se redestina a otras instituciones, María Inés con la organización Narices Frías y otras luchadoras de la causa animal trabajan a pulmón, sacando recursos de sus bolsillos para rescatar animales maltratados de las calles, y pagarles hogares temporales en casas particulares o guarderías para que ahí permanezcan las mamás y los cachorros hasta que, con un poco de suerte, sean adoptados.

La arquitecta Ani Melot, presidenta de la plataforma Escuadrón Animal, fue redactora de la modificación de la 4840/13, que derivó en la Nº 5892/17, en la que ya se exigieron penas carcelarias para quienes maltraten a animales.

Para ella, que sigue el tema muy de cerca, aunque no es abogada, la perspectiva es algo más optimista. “Considero que hubo muchos avances. Fue un gran espaldarazo esta ley porque ahora tenemos más puertas abiertas, y al momento de hacer denuncias por maltrato animal, nos toman en serio”, destacó.

Al consultársele qué faltaría entonces para que exista un respeto real de las personas a la normativa, y que todo ciudadano piense dos veces antes de maltratar a un animal, Melot consideró que es necesaria una reglamentación de la ley “y organizar el Ministerio Público. Que se tenga por lo menos un departamento dentro de la Fiscalía que se ocupe exclusivamente de casos relacionados a esta ley y que se haga seguimiento, para tener un registro. Por ejemplo, la penalización hoy solo es contra las faltas muy graves, pero en la ley está estipulado que si una falta leve tiene reincidencia ya se convierte en grave, y ahí sí se puede considerar una condena. Pero si no tenemos un registro de esas faltas que se van sumando, no se puede llegar a más casos”, manifestó Ani.

La arquitecta sueña con que exista un lugar físico para la Unidad de Protección y Bienestar Animal, donde se pueda tener aunque sea una computadora en la cual llevar registro de los casos. “Somos muchos los que estamos dispuestos a trabajar en forma gratuita en esta dirección, con tal de que se cree”, aseguró Melot.

Le consultamos además si, a dos años de la última modificación de la ley, ya se dio un castigo ejemplar para algún maltratador de animales. Sobre esto respondió que debido a la extensión de los plazos procesales, que como mínimo duran dos años, aún los fiscales se encuentran en plenos procesos, por lo que no tenemos por el momento condenas firmes y ejecutoriadas.

Insistimos sobre si verdaderamente se está superando la ignorancia de los efectivos policiales, que en muchas ocasiones se han burlado ante un intento ciudadano de denunciar violencia contra los animales. Melot asegura que se avanzó como sociedad. No obstante, hizo una recomendación a los interesados en denunciar casos. “Impriman la ley y llévenla impresa a la comisaría. También es fundamental llevar pruebas concretas, por ejemplo una filmación donde esté consignada la fecha y hora en que el animal está siendo maltratado”, apuntó.

Ante la pregunta sobre si es mejor ir a la Fiscalía o a la Policía, para Melot hay casos en que la Policía te ayuda a una acción rápida. “Una vez, los efectivos de la Comisaría 14° me acompañaron con un móvil y por lo menos pudimos socorrer al animal. Después ya vienen los procesos judiciales con el fiscal, pero cuando se requiere una acción inmediata, la comisaría es lo mejor”, aseguró la arquitecta.

Todo esto nos lleva a pensar que recién cuando salga una condena la gente tomará en serio este delito. Pero no olvidemos un detalle: la pena privativa de libertad de dos años es excarcelable según el Código Procesal Penal, por lo tanto, indefectiblemente se puede zafar del proceso con multa.

Los defensores de la causa animal son conscientes de esta falta de contundencia en la ley animalera. “Cuando presentamos la modificación pedimos tres años de cárcel, pero como no se consiguió pese al lobby, nos propusieron que aceptemos aunque sea por el momento los dos años. Aún así, pensamos que cuando te tocan el bolsillo, también sentís. Por lo menos que se les toque el bolsillo y que les duela, lo que se recaude con las multas nos servirá para los refugios”, reflexionó Ani Melot.

Y ante la pregunta de qué le agregaría al marco legal actual, viene la respuesta obvia: “Aumentar la condena para que la ley imponga más respeto”, finalizó la arquitecta.

En noviembre de 2017, el fiscal de San Estanislado, Rolando Rivas, imputó a Vivian Galeano y Liduvina González por haber arrastrado al perro Tyson hasta matarlo, atándolo a la parte trasera de un vehículo.

El hecho ocurrió en la localidad de Yrybucuá, y según la imputada, ella exigió a la dueña de la mascota, Ana Báez Zárate, que sacrifique al animal porque había mordido a su nieta. Fue en ese momento que las imputadas tomaron al animal a la fuerza lo ataron con una piola y lo estiraron por kilómetros, donde lo dejaron muerto y abandonado.

En ese momento, el fiscal Rolando Rivas había solicitado medidas alternativas a la prisión para las mujeres, así como la prohibición de salir del país y la obligación de asistir mensualmente a firmar el libro de comparecencia.

Recién ahora, el próximo 11 de junio, está fijada una audiencia preliminar oral y pública en el Juzgado Penal de Garantías de San Estanislao. Según explicó la abogada Delrrosaria Leiva, quien lleva la causa por el homicidio de Tayson, en esta audiencia el proceso ya puede concluir. “Como nuestro ordenamiento jurídico prevé una salida procesal, ya que la expectativa de pena es hasta dos años o multa, en esa misma audiencia ya se dictará una sentencia”, explicó la jurista.

El fiscal Rolando Rivas, por su parte, nos comentó que la suya fue la primera imputación por maltrato animal. Demás informó que el veredicto final de la causa está a cargo de la jueza de Garantías Rosa Talavera.

La abogada Wilma González, otra gran defensora de la causa animalera que realiza asesoramientos en el sector, nos mencionó varios de los casos de violencia animal que ya se han llevado a proceso penal.

Uno de los más emblemáticos, y curiosos, porque llegó a una sentencia no por la ley animalera sino por el Código Civil, es el del perro Tony, un pitbull que en el año 2015 sufrió horrores al ser golpeado en la cabeza con un mazo. El autor confeso fue Óscar Galeano Arrúa, quien fue demandado por daños y perjuicios y condenado a pagar G. 30 millones en concepto de indemnización a la familia de Tony.

 

El can había quedado con la cabeza prácticamente destrozada, y sus familiares, que lo adoran, lo llevaron a la ciudad de Foz de Iguazú para que sea atendido, pues en nuestro país les aconsejaron sacrificarlo. Hoy Tony vive feliz con su familia, aunque le quedaron secuelas sicológicas, pues muestra miedo excesivo a los ruidos fuertes.

Otro de los casos recordados por Wilma tiene que ver con Silvio Mancuello, un hombre con problemas de salud mental, quien lastimó con un machetillo a un perro y fue imputado por el fiscal Darío Villagra.

El fiscal lo imputó por maltrato animal y solicitó a la juez interina de Garantías de Carapeguá, Adriana Pedretti, que le fije medidas alternativas a la prisión, atendiendo a que el caso tiene una expectativa de pena privativa de libertad de dos años o multa.

Nos pusimos en contacto con la fiscal de San Lorenzo, Susana González, quien nos sorprendió por la contundencia de sus expresiones. Hace un mes, realizó una intervención y rescató a un caballo y una yegua preñada que estaban siendo usados como animales de carga y sufriendo desnutrición, consecuencia de las evidentes penurias que les hacían pasar sus dueños. Los animales estaban también deshidratados y sufrían dermatitis, junto con otros rastros de maltrato.

El procedimiento encabezado por la agente ocurrió en el barrio San Miguel de San Lorenzo.

Al ser consultada sobre qué tan en serio se toma la ley, la agente del Ministerio Público enfatizó que ella aplica la misma rigurosidad y objetividad como si de cualquier otra ley se tratase.

 

 

Explicó que el caso apenas se encuentra en etapa investigativa y están intentando identificar a los dueños de estos animales, que eran usados para estirar carros.

La agente mencionó que su observación del lugar le permitió darse cuenta que esas personas no tienen las condiciones para pagar una eventual multa, por lo que no descartó que en este tipo de casos sí se aplique la condena.

Hay mucho camino por recorrer aún para que esta normativa se tenga en cuenta con la seriedad que requiere. Si a eso le sumamos que en Paraguay muchas leyes -pese al correr de los años- siguen siendo letra muerta, se hace más evidente aún que es bastante la lucha que se debe hacer para que esos seres más pequeños e indefensos que nosotros, tan compañeros y silenciosos, tan leales y graciosos, que llegan incluso a darles sentido a nuestras vidas, sean respetados en el más básico derecho que todo ser que respira merece: la vida.

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