Los parias de la Constitución

Senadores pretenden que trabajadores domésticos ganen el 60% del salario mínimo pese a la violación de artículos de la Constitución Nacional. Con esto, unas 230 mil personas podrían seguir siendo los "parias" de la Constitución, según otros legisladores.

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Según datos de la última Encuesta Permanente de Hogares (EPH) son aproximadamente 230.000 las personas que desarrollan trabajos domésticos en nuestro país, entre ellos: mucamas, jardineros y choferes, entre otros. La mayoría gana, según expresiones de la diputada Cynthia Tarragó, apenas el 40% del salario mínimo vigente, es decir, poco más de G. 700.000 (el actual asciende a G. 1.824.055).

Otros datos oficiales dan cuenta de que una de cada diez empleadas domésticas vive en la pobreza extrema en Paraguay debido a la baja remuneración que recibe.

En estos días, gracias a los insistentes reclamos de sindicalistas del sector el proyecto de ley “Del Trabajo Doméstico” finalmente está siendo tratado en el Congreso Nacional.

Sin embargo, las expectativas de llegar a estas instancias podrían convertirse en un trago amargo para estos trabajadores, pues el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Senadores tras varias postergaciones, es claramente inconstitucional debido a que viola varios artículos de la Carta Magna y, lo más alarmante, puede lograr sanción ficta el próximo 18 de marzo si es que los diputados no lo modifican antes. (En él, se establece que los trabajadores solo ganen el 60% del salario mínimo).

En sesión ordinaria del jueves 12 de marzo, los diputados trataron el proyecto de normativa; sin embargo, la sesión fue levantada por falta de quórum. Varios fueron los oradores y la mayoría coincidió en que el proyecto aprobado por el Senado es "indignante y discriminatorio". En este sentido, festejaron el trabajo de la Comisión de Equidad Social y Género que sugirió la modificación de tres artículos referentes al establecimiento del salario mínimo por ocho horas de trabajo (los senadores aprobaron sólo el 60% del salario mínimo), la edad de 18 años para que puedan trabajar (los senadores aprobaron 16 años) y la seguridad social (con jubilación).

"¿De dónde sale esta discriminación? ¿Por qué para un sector no rige el salario mínimo? No nos damos cuenta de lo que hacemos. Los que aprobaron este proyecto tienen una mentalidad absolutamente discriminadora, ñembo aristocrática, que mira como inferiores a ciertos sectores de la sociedad, como una especie de parias", disparó certeramente el diputado Víctor Ríos una vez le fue cedida la palabra durante el debate.

Durante su ponencia citó además los artículos que son trasgredidos tal cual se encuentra actualmente la ley en potencia: El artículo 88, que estipula que no se admitirá discriminación alguna entre trabajadores por su condición social, trabajo, sexo, creencias religiosas o políticas; el artículo 92, que el trabajador tiene derecho a disfrutar de una remuneración que garantice su bienestar y el de los suyos; artículo 89, que reza que los trabajadores de uno y otro sexo tienen los mismos derechos y obligaciones laborales, tanto el hombre como la mujer deben percibir al menos el salario mínimo vital y móvil.

A su turno, el diputado Sergio Rojas, indicó que resulta vergonzoso que la Dirección del Trabajo (dependiente del Ministerio del Trabajo) no haya sido potenciada bajo varias administraciones gubernamentales "Es vergonzoso para la República del Paraguay que tenga sólo 20 fiscalizadores para controlar el cumplimiento de la ley", dijo.

La diputada Karina Rodríguez, por su parte, recordó que este tipo de marco legal incentiva el pensamiento arcaico de personas que creen tener derecho a una una servidumbre a su disposición bajo las menores condiciones. "No tiene que haber trabajadores de primera y trabajadores de segunda, si tenemos la posibilidad de saldar la deuda, la deuda fundamental es el reconocimiento de ellas con todos los derechos garantizados", apuntó.

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