El viceministro del Trabajo, Luis Orué, y la directora de Trabajo, Karina Gómez, visitaron los estudios de ABC Cardinal para instar a los ciudadanos a denunciar a las empresas y empleadores que no pagan el aguinaldo o abonan menos de lo que corresponde.
Detallaron que el artículo 243 del Código Laboral establece la obligatoriedad del aguinaldo, como una remuneración anual complementaria, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año. Se tiene en cuenta el salario base, las comisiones, horas extra, horario nocturno, sobresueldo, feriado trabajado y otros pagos por servicios prestados.
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Se suman todos los ingresos de un año y se divide por 12. De hecho, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) habilitó una calculadora virtual de aguinaldo, a fin de que los empleados puedan anticipar el monto exacto que deben percibir en concepto del denominado décimo tercer salario.
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Se puede acceder a la calculadora a través de este enlace: HERRAMIENTA PARA CÁLCULO DE AGUINALDO
Orué y Gómez aclararon que no se tiene en cuenta para el aguinaldo la bonificación familiar o los viáticos. Tampoco se tienen en cuenta los reposos que abona IPS, ya sea por enfermedad o a las madres que tienen licencia por maternidad. De igual forma, los jubilados no reciben aguinaldo.

Otro aspecto que resaltaron es que, de acuerdo al artículo 245 del Código Laboral, el aguinaldo es inembargable, por lo que el trabajador debe recibirlo íntegramente.
El empleador tiene tiempo para cumplir con la ley hasta el 31 de diciembre. A partir del 2 de enero, los trabajadores afectados por irregularidades pueden acercarse a formular su denuncia ante la sede central del Ministerio, ubicada sobre Luis A. de Herrera esquina Paraguarí, o cualquiera de sus oficinas regionales. Igualmente, pueden contactar a los números (021) 490-001 / (021) 729-0545 / (021) 7290-100 / 0961 474-329.




