A partir del 2 de noviembre de 2020, los extranjeros no residentes/turistas que todavía se encuentren dentro del territorio nacional y cuyo plazo de permanencia en el país haya vencido deberá abonar la multa correspondiente (G. 253.020)", indica el comunicado emitido por la autoridad migratoria de nuestro país.
𝗖𝗢𝗠𝗨𝗡𝗜𝗖𝗔𝗗𝗢 📢 | A partir del 2 de noviembre:
— Migraciones Paraguay (@DGMParaguay) October 30, 2020
📍 Se deja sin efecto la prórroga de validez de documentos migratorios vencidos.
📍 Se restablece el pago de multa por parte de extranjeros cuyos plazos de permanencia en el país hayan vencido.
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Igualmente recuerdan que los extranjeros que tengan “radicación temporarias o precararias” que hayan vencido a partir de marzo, cuando se emitió la prórroga de validez de las documentaciones a consecuencia de la pandemia de COVID-19, “deberán acercarse a la Dirección General de Migraciones para gestionar un nuevo carnet de residencia, abonar la multa correspondiente en el caso de encontrarse en infracción y regularizar su situación migratoria en nuestro país”.
La institución indica que a los que quieren tener detalles de los aranceles y los requisitos para los trámites pueden acceder a su página web.