El presidente Mario Abdo Benítez firmó el Decreto N° 5860 por el cual amplía las medidas sanitarias e incluye al comercio de atención las 24 horas, entre las actividades esenciales exceptuadas.
La disposición refiere en su artículo 3°: “Exceptúase de lo dispuesto en el artículo 1° de este decreto a las siguientes actividades y servicios: Comercios esenciales (supermercados, despensas y farmacias)”.
No es la primera vez que el Gobierno nacional olvida al sector comercial esencial que trabaja las 24 horas, como los supermercados y farmacias.
Nuevas medidas
El lunes pasado, mediante el Decreto N° 5666 del 12 de julio, el Gobierno de Abdo Benítez dispuso nuevas medidas específicas en el marco del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General en el territorio nacional a partir del 13 de julio de hasta el 26 de julio de 2021.
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La disposición del Poder Ejecutivo señala que durante la vigencia de las medidas, los habitantes podrán realizar sus desplazamientos desde las 05:00 hasta las 01:00 del día siguiente. Con esta decisión se extiende una hora más la circulación nocturna, atendiendo que en los anteriores decretos establecía de 05:00 a 23:59.
Un punto que generó confusión en la ciudadanía fue si se podría circular para acudir a los centros vacunatorios anticovid que funcionan 24 horas. En el artículo 3 del Decreto, en las excepciones, señala que los “servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento de equipos médicos y hospitalarios, las veinticuatro (24) horas”.
Una de las medidas más esperadas, sobre todo por el sector de propietarios de complejos deportivos, es que el Gobierno habilita la práctica de deportes colectivos con la participación en grupos de hasta siete personas por equipo.