Comisión de Diputados aconsejan aceptar veto a ley de autobandidaje

La Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, presidida por el diputado Derlis Maidana (ANR, HC), aconseja al pleno aceptar el veto del Ejecutivo a la ley de autobandidaje. El Senado ya aceptó el rechazo del Gobierno. Es la tercera vez que el Congreso archiva la ley, tras la objeción.

Miembros de la comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados, presidida por el diputado Derlis Maidana (ANR, HC).
Miembros de la comisión de Asuntos Constitucionales de Diputados, presidida por el diputado Derlis Maidana (ANR, HC).Gentileza Diputados

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La comisión asesora recomienda aceptar el veto total del Ejecutivo al proyecto de ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional.

Durante el Gobierno de Horacio Cartes se planteó por primera vez implementar una ley inconstitucional que ponía más trabas para evitar la expulsión de senadores y diputados. En el Gobierno de Mario Abdo Benítez ya van dos los intentos.

La directora de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Carmiña Martínez, mencionó que la objeción al proyecto de ley se encuentra principalmente en el artículo noveno de la norma que exige para la resolución condenatoria de la pérdida de la investidura parlamentaria la aprobación de la mayoría absoluta de dos tercios de la Cámara respectiva (30 en Senado y 53 en Diputados).

Afirma que este requisito de mayoría calificada colisiona con el artículo 185 de la Constitución Nacional, que es la regla general aplicable para los casos en los que no requieran una mayoría calificada, como es precisamente el caso de artículo 201.

La directora de la comisión menciona que se puede apreciar una incongruencia en el texto constitucional, porque exige mayorías calificadas para aplicar simples sanciones a parlamentarios (suspensión de hasta 60 días), cuando sólo es necesaria una mayoría simple (la mitad más uno de los miembros presentes) para “removerlos” por aplicación de la pérdida de la investidura. Enfatiza que esta situación no puede ser corregida por la vía legal.

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