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La solicitud de adenda firmada por el ministro de Hacienda, Óscar Llamosas, contempla la modificación del artículo 8° a fin de exceptuar a las instituciones de Bomberos Voluntarios del Paraguay de lo dispuesto en el artículo 7°, inciso i), que establece que “Las Organizaciones No Gubernamentales, las asociaciones, fundaciones, instituciones, comisiones vecinales u otras personas jurídicas privadas sin fines de lucro o con fines de bien social que reciban aportes financieros del Estado por intermedio de una institución estatal, no podrán hacerlo a través de otra de carácter público”.
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La cartera explica que la modificación propuesta permitirá que las instituciones de Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Paraguay no tengan restricciones para recibir transferencias de los organismos y entidades del Estado, gobiernos departamentales y municipales, de los cuales reciben fondos en cumplimiento de los servicios que prestan a la comunidad, conforme a lo previsto en las leyes: 426/1994, “Que establece la Carta Orgánica del Gobierno Departamental”; 3966/2010, Orgánica Municipal”; y 6762/2021, “Que regula la organización de las Instituciones de Bomberos Voluntarios del Paraguay”.
El proyecto de presupuesto para el próximo año prevé la trasferencia de fondos a favor de los bomberos voluntarios (Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay y Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Paraguay) por un monto de G. 16.025 millones (US$ 2,2 millones al cambio presupuestado), lo que representa un incremento de 46% con respecto a lo establecido para el presente ejercicio 2021.
Ministerio de Trabajo
En cuanto al nuevo artículo propuesto para el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), Hacienda dice que esto permitirá a la mencionada entidad contar con los recursos necesarios para financiar todos sus gastos institucionales y, por consiguiente, sostener la funcionalidad de la citada cartera de Estado, incluyendo contratación de fiscalizadores laborales.
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Además, indica que se evita de esta manera solicitudes de recursos del Tesoro de manera adicional por parte del MTESS, ya que debido a la coyuntura que venimos atravesando desde hace más de un año, a causa de la pandemia del covid-19, la recaudación de los recursos del Tesoro se ha visto afectada.
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El nuevo artículo que se solicita incorporar al proyecto de ley de PGN, señala que durante el ejercicio fiscal 2022 el Ministerio de Trabajo podrá financiar excepcionalmente todas la partidas presupuestarias de las actividades de su programa central, con los recursos generados al amparo de lo dispuesto en el artículo 7°, inciso g), de la Ley N° 1652/2000 “Que crea el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral” y se asignan recursos al MTESS para fortalecer el proceso de formación de Mipymes, a excepción de las destinadas a aumento del anexo del personal y la contratación de nuevo personal, “salvo la contratación de Fiscalizadores Laborales”.