La Corte es cómplice de dilación, mora y chicana que provocan blanqueo de casos

Los ministros de la Corte demostraron total incapacidad para combatir la dilación, la mora y la chicana en el Poder Judicial, que llevan a la prescripción masiva de procesos por corrupción y otros delitos por el transcurso del tiempo.

Sesión de la Corte Suprema de Justicia, via whatsapp Carlos Benitez para shell judiciales
Sesión de la Corte Suprema de Justicia.

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La Corte, como cabeza del Poder Judicial, no puede deslindar responsabilidad de la excesiva duración de los procesos, que como en el caso del exministro de la SEN, Camilo Soares se extendió por más de diez años y se declaró la prescripción.

Los ministros saben que la dilación, la mora y las chicanas son los graves problemas de la administración de justicia. ¿Que hicieron? ¿Que medidas adoptaron para combatirlos? La respuesta es nada y prueba de ello es que ahora los doctores Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia hacen lugar a las prescripciones planteadas en recursos de casación.

Tanto Llanes como Ramírez Candia adoptaron una postura contraria a la jurisprudencia de la Corte y sostienen que una vez que transcurra el doble del plazo (10 años en un caso de lesión de confianza) se da la prescripción, independientemente a las interrupciones. Los dos ministros sostienen que no se pueden considerar las “circunstancias objetivamente insuperables” (que el expediente haya estado casi 5 años en la Corte) o la inconducta procesal de los acusados (sanción por ejercicio abusivo del derecho).

Ramírez Candia y Llanes abrieron así las compuertas para una impunidad masiva en los procesos por corrupción y otros hechos punibles, mediante la prescripción.

Corte nunca sancionó

La Corte, en su carácter de superintendencia jamás aplicó la Acordada 961/15, que en su artículo 4° establece claramente que los jueces que no aplican sanciones a los abogados y acusados que chicanean los procesos; lo cual evidencia la desidia de las autoridades judiciales.

El Código Procesal Penal en sus artículos 112- Buena fe; 113- Poder de disciplina y 114- Sanciones, otorga las herramientas al magistrado para que pueda velar por el buen desarrollo del proceso. Sin embargo, el 90 por ciento de los jueces no la usan.

La falta de aplicación de la norma es la que constituye una falta grave de los magistrados, que nunca fue observada por el alto tribunal.

Si los ministros sancionaban a los magistrados, posiblemente no nos encontraríamos ante el peligroso camino de impunidad masiva.

Es necesario que la Corte adopte las medidas para evitar esta situación.

Ocultan resultado de auditoría

La Corte no entrega el resultado de la auditoría realizada a 30 causas que fueron prescriptas por la Sala Penal. El 14 de junio pasado solicitamos la conclusión a través de la Dirección de Transparencia. Sin embargo, la Corte ni siquiera respondió.

Ante el silencio del alto tribunal, que según la ley de transparencia, es una denegación, volvimos a presentar un nuevo pedido antes de promover un amparo como habilita la referida norma.

La auditoría tiene que individualizar a los abogados, jueces, fiscales, camaristas y hasta ministros de la Corte que cajonearon los procesos y lo cual permite la prescripción de las causas penales.

cbenitez@abc.com.py

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