La medida cautelar de arresto domiciliario tuvo lugar luego de cinco meses de la imputación y fue resuelta durante una audiencia de imposición de medidas en el Juzgado de San Lorenzo, a cargo de la magistrada María Elena Cañete. Además se ordenó una caución de un inmueble, de un tercero, de G. 1.500 millones.
El gobernador del departamento Central, Hugo Javier González (ANR, cartista) y otras 14 personas, fueron imputados por la comisión de los hechos de lesión de confianza, asociación criminal, producción de documentos no auténticos y declaración falsa en el proceso penal que investiga el despilfarro de un millón de dólares (G. 6.382 millones) de un fondo de emergencia sanitaria por covid-19, en cuya rendición de cuentas aparecen facturas clonadas y numerosas otras anomalías, confirmadas por la Secretaría Nacional Anticorrupción (Senac), la Contraloría General de la República (CGR), la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Auditoría General del Poder Ejecutivo (AGPE) y el Ministerio Público.
En el acta de imputación de fecha 1 de noviembre de 2021, el Ministerio Público solicitó como medida cautelar en principio, que ninguno de los procesados vuelva a ingresar a la Gobernación, así como tampoco vuelva a comunicare con ningún funcionario.
Luego de cinco meses de chicanas planteadas por la defensa del gobernador, representada por los abogados Andrés Casati, Arturo Daniel y Fausto Portillo, finalmente se llevó a cabo ayer la audiencia de imposición de medidas y en la resolución judicial consta que el administrador departamental, Hugo Javier, puede seguir gobernando desde su encierro. Lo plasmado en el escrito generó todo tipo de críticas en las redes sociales y en los medios de comunicación, contra la jueza María Elena Cañete, quien en horas de la tarde emitió una aclaratoria negando la supuesta disposición judicial. Alegó un “error involuntario de tipeo”.
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“Que este Juzgado resolvió hacer lugar al cambio de domicilio solicitando en autos, y por un error de tipeo al momento de redactar la resolución en el párrafo 5 del considerando se transcribió la pretensión de la defensa técnica en cuanto a; “y la obstrucción de la investigación fiscal la cual se encuentra inconclusa, por lo que considerando que la medida de arresto domiciliario dispuesta en este Juzgado mediante A.I.N° 863 de fecha 12 de abril de 2022 no impide que el procesado siga cumpliendo con sus funciones como gobernador del Departamental Central, cargo para el que fue electo a través del voto popular”, dice la petición de la defensa Hugo Javier.
Este mismo texto, quedó plasmado en la resolución judicial en la cual consta la medida cautelar de arresto domiciliario para el gobernador González, pero como una decisión de la jueza María Elena Cañete. Sin embargo, horas después la magistrada emitió una aclaratoria en la cual manifestó que lo relatado era una petición de la defensa representada por el abogado Fausto Portillo y afirmó que “dicha circunstancia no puede ser objeto de análisis de esta magistrada”. Agregó además que “por un error involuntario de tipeo ha transcripto el párrafo 5 del considerando”.
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Medida cautelar
La medida cautelar emanada del Juzgado de San Lorenzo refiere el arresto domiciliario para el gobernador de Central, Hugo Javier González Alegre, procesado por lesión de confianza, declaración falsa, asociación criminal y producción de documentos no auténticos. El abogado Fausto Portillo, con el consentimiento de su defendido, solicitó que dicha disposición judicial sea cumplido en el barrio exclusivo “Costa del Lago”, ubicado en la ciudad de Itauguá sobre la “ruta Ypacarai”, más conocida como “ruta Patiño”. El barrio cerrado está a unos 5 kilómetros aproximadamente, de la institución departamental.
El domicilio del gobernador está ubicado en la ciudad de Fernando de la Mora, pero según fuentes, eligió su vivienda de Itauguá para “poder cumplir con su roll de padre y de gobernador”. La defensa del mismo, sostiene que no existe imposibilidad que seguir gobernando.
La jueza María Elena Cañete, también ordenó la prohibición de salir del país y cambiar del domicilio denunciado más arriba sin autorización del Juzgado; además de la prohibición de comunicarse con los co imputados de la presente causa por ningún medio y el embargo preventivo del inmueble ofrecido como garantía real ubicado en el distrito de Itauguá, propiedad de Petrona Salvioni Vega.
Fiscalía refutó argumento de la defensa
El abogado Andrés Casati, sostuvo que el Ministerio Público “con la medida solicitada en la prohibición de ingreso a su público despacho y a la sede de la gobernación, está pretendiendo que el Juzgado dicte una medida inconstitucional, en la cual se subrogaría en las atribuciones de otro poder del Estado”.
Por su parte, el fiscal Rodrigo Estigarribia dio que “en ningún momento el Ministerio Público, solicitó que el gobernador deje de cumplir sus funciones, circunstancia que demuestra la falacia en la argumentación de la defensa sobre este punto”.
El agente siguió manifestando que “es relevante que la señora jueza considere que el pedido de la medida cautelar fue realizado en carácter de urgencia al momento de la imputación a los efectos de evitar un posible peligro de obstrucción, sin embargo luego de transcurrido 5 meses, esta circunstancia objetivamente no se da, puesto que a la fecha se han colectado varios elementos, y en honor a las garantías constitucionales y legales, este equipo de trabajo, no se opondrá a la aplicación de medidas menos gravosas, pero sin embargo debido a la gravedad del supuesto hecho, necesariamente la prisión preventiva debe sustituirse por lo menos con la prohibición de salida del país, y forma mensual ante el Juzgado Penal de Garantías, salvo mejor parecer de la Jueza. Así también, la prohibición de comunicarse con los co imputados, y que el juzgado analice la garantía real en el sentido de determinar si cumple con todos los requisitos para poder otorgarse en esta causa”.
