Se postuló un tercer camarista para sustituir a Fretes en la Corte Suprema de Justicia

En la mañana de este martes presentó su candidatura al proceso de conformación de terna para el cargo de ministro de la Corte Suprema de Justicia, el camarista Linneo Ynsfrán. Es el tercer magistrado inscripto. El 1 de febrero fenece el plazo de postulaciones en el Consejo de la Magistratura (CM) para relevar en el cargo al ministro Antonio Fretes.

Dr. Linneo Augusto Ynsfrán Saldívar, presentó su candidatura a la Corte.
Dr. Linneo Augusto Ynsfrán Saldívar, presentó su candidatura a la Corte.William Vera 24-01-2023

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El camarista en lo Civil y Comercial de la 5° Sala de la Capital, Dr. Linneo Augusto Ynsfrán Saldívar, de 70 años, presentó su candidatura al cargo de ministro de la Corte Suprema de Justicia, convocado por el Edicto N° 9/2022 para relevar en funciones al ministro Antonio Fretes, quien cesará en funciones el 10 de marzo próximo cuando ese día cumpla 75 años de edad.

Ynsfrán Saldívar obtuvo su título de doctor en derecho en la Universidad Nacional de Asunción (UNA) con su tesis titulada “Las reformas necesarias en los poderes del Estado, análisis, composición y propuestas” (La supremacía constitucional - La inconstitucionalidad y sus efectos erga omnes), obtenido el 16 de octubre de 2001, y recibió la calificación de “Cum Laude”.

Ejerce la magistratura desde el 21 de marzo de 1984 cuando fue designado como juez de primera instancia en lo Civil y Comercial del Quinto Turno. Posteriormente, el 25 de junio de 1991 fue designado miembro del Tribunal de Apelaciones Civil y Comercial, Cuarta Sala.

El 18 de setiembre de 2007 fue declarado por la Corte como magistrado inamovible.

Actualmente ejerce la docencia en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (UNA) de las materias Derecho Constitucional, Derecho Civil II (Reales, propiedad) y Derecho Civil Personas. También es docente en la Universidad Iberoamericana de las materias Derecho Civil Personas, Derecho Constitucional y Técnica Jurídica, entre otras universidades.

Los demás postulantes a la Corte Suprema de Justicia

También ya se inscribieron para participar del proceso de conformación de terna para el cargo de ministro de la Corte Suprema, los camaristas Alejandro Martín Ávalos Valdez y Juan Carlos Paredes Bordón.

El Consejo de la Magistratura recibirá las inscripciones de los interesados en participar del concurso de terna para la Corte Suprema, hasta el 1 de febrero próximo, en su nuevo local situado en Tacuary y Blas Garay (Cuarta Proyectada), de lunes a viernes, de 8:00 a 12:00 en el mes de enero, y el último día recibirá las postulaciones de 8:00 a 14:00, según dispone el Edicto N° 9/2022.

Requisitos para interesados en postularse al concurso

El artículo 10 del reglamento de integración de terna para la Corte Suprema dispone que los postulantes, al momento de su inscripción al edicto, deberán adjuntar en el orden indicado a continuación las copias autenticadas por escribanía en formato físico, previa verificación, en su caso por la Secretaría General, de los siguientes documentos:

a) Título de abogado debidamente registrado y legalizado en el Ministerio de Educación y Ciencias conforme a las normas vigentes. El título expedido en el extranjero deberá estar legalizado o apostillado, reconocido y homologado, con el correspondiente registro realizado por el Consejo Nacional de Educación Superior y el Ministerio de Educación y Ciencias, respectivamente, y conforme a las normas vigentes;

b) Certificado de estudios de la carrera de Derecho legalizado por la institución de educación superior que expidió el certificado, en caso de ser del extranjero deberá de estar apostillado.

c) Título de doctor en Derecho debidamente registrado y legalizado de acuerdo a las normativas establecidas por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). Los títulos expedidos en el extranjero deberán estar legalizados o apostillados, reconocidos y homologados, con el correspondiente registro realizado por el Consejo Nacional de Educación Superior y el Ministerio de Educación y Ciencias, respectivamente, y conforme a las leyes de la República.

d) Cédula de identidad civil y certificado de nacimiento, estos documentos pueden ser constancias digitales emitidas por el Portal Único de Gobierno.

d) Matrícula de abogado expedida por la Corte Suprema de Justicia, para quienes se presenten invocando el ejercicio de la profesión de abogado.

e) Decreto o resolución de nombramiento en donde conste fecha de juramento, para los magistrados y funcionarios del Poder Judicial, funcionarios del Ministerio Público, Ministerio de la Defensa Pública y Sindicatura General de Quiebras.

f) Resoluciones, constancias o contratos que certifiquen la calidad de docente universitario, en materia jurídica, a los efectos de demostrar la antigüedad, para quienes se presenten invocando el ejercicio de la docencia, suscripta por el Rector o Decano.

g) Certificados de antecedentes judiciales y policiales vigentes.

Otras disposiciones del reglamento

h) En el caso de ser miembros del sistema de justicia o funcionario público:

* Para los jueces y miembros de tribunales: constancia de antecedentes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, de la Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal de Ética Judicial, expedido dentro de los últimos tres meses.

* Agentes Fiscales: del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, y de la Inspectoría General.

* Defensores Públicos: constancia de antecedentes del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, y de la Dirección de Contraloría Jurisdiccional y Administrativa.

* Para los demás integrantes del sistema de justicia o funcionario público: constancia del departamento o dirección encargado del control del personal o similar, en donde conste que no posee sanciones.

i) Constancia actualizada expedida por la Corte Suprema de Justicia de no haber sido apercibido ni sancionado, para quienes se presenten invocando el ejercicio de la profesión de abogado.

j) En el caso de ser miembros del sistema de justicia, deberán presentar la constancia o solicitud fehaciente de su pedido de suspensión o renuncia a la afiliación, y si no se encuentren afiliados a un partido o movimiento político deberán presentar una declaración jurada de no estar afiliado a ningún partido político, conforme al Anexo 3 del presente reglamento, en caso de incumplimiento de este requisito, se valorará en oportunidad de realizarse la evaluación integral.

k) Estudios de postgrado -Capacitación, Especialización, Maestría-, en el caso de contar con los mismos se deberá acompañar el correspondiente título debidamente registrado en el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC). Los títulos expedidos en el extranjero deberán estar legalizados o apostillados, reconocidos y homologados, con el correspondiente registro realizado por el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES) y el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) -respectivamente, y conforme a las leyes de la República.

l) Copia íntegra de la Tesis Doctoral en formato físico y digital.

m) Copia de al menos cinco poderes otorgados por escritura pública, o escritos presentados como apoderado o patrocinante en cualquier fuero o jurisdicción, con constancia fehaciente de su presentación, o igual cantidad de dictámenes o trabajos de consultorías en materia jurídica, que acrediten experiencia profesional como abogado.

Los documentos presentados deberán estar debidamente foliados en todas las hojas. Además, deberá acompañar un índice de los mismos o, en su defecto, de separadores que permitan la fácil identificación de los documentos citados en el presente artículo.

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