Ministerio Público reconoce que adeuda al IPS, pero discutirán los G. 19.000 millones reclamados

La Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio Público manifestó que reconoce la deuda de casi G. 19.000 millones que le reclama el Instituto de Previsión Social (IPS) por medio de una demanda por el cobro de alquileres. Empero, indicaron que buscarán llegar a un arreglo con la demandante sobre el monto total que deben pagar, ya que están previstos intereses, honorarios y otros gastos.

Edificio de la Fiscalia denominado Sede 1, de la capital, que pertenece al Instituto de Previsión Social.
Edificio de la Fiscalia denominado Sede 1, de la capital, que pertenece al Instituto de Previsión Social.Gentileza

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El director de la Asesoría Jurídica del Ministerio Público, Dr. Arnaldo Martínez Prieto, manifestó que la demanda de cobro de alquileres que le promovió el Instituto de Previsión Social (IPS) se encuentra en pleno trámite y dentro de ese procedimiento ya se realizaron varias diligencias como la audiencia para el reconocimiento de firmas de los contratantes del arrendamiento, por ejemplo.

Martínez Prieto explicó que es indudable que reconocen que hay una deuda pendiente del Ministerio Público por el usufructo en alquiler del edificio de la Sede 1. Sin embargo, indicó que intentarán llegar a un acuerdo con el locador sobre el monto total y la forma de pago de lo reclamado en la demanda de cobro de guaraníes por el arrendamiento.

En otro momento, Martínez Prieto indicó que hay varias demandas de este tipo que están en trámite actualmente, ya que se pagaron por periodos los alquileres. Seguramente, no se honraron los pagos por la falta de recursos, refirió el abogado.

De acuerdo a la demanda, la administración del Ministerio Público tendría cuentas vencidas e impagas en concepto de alquiler del edificio por los periodos comprendidos entre enero de 2016 y enero de 2023.

La demanda de cobro de alquileres radica en el juzgado a cargo de Mafalda María Cameron Luque, jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 9º Turno, de la capital.

La demanda de acción ejecutiva de cobro de alquileres

La demanda promovida por el IPS, presentada el 13 de marzo de 2023 (según el expediente electrónico), que lleva la firma del abogado Víctor Thomas, bajo patrocinio de los abogados Raúl Vargas y Teresa Bernal Ovelar, es sobre la preparación de juicio ejecutivo contra el Ministerio Público al que reclama la suma de G. 18.675.321.575, más sus intereses y costas, es por lo adeudado en concepto de arrendamiento de un inmueble (edificio) ubicado en la capital del país.

Los inmuebles arrendados están identificados como fincas N° 2.311, 1.075 y 9.524, ubicados en Nuestra Señora de la Asunción N° 737 entre Eduardo Víctor Haedo y Humaitá, de la ciudad de Asunción, donde actualmente funcionan las unidades de la denominada Sede 1 del Ministerio Público.

El demandante, asimismo, solicita que con arreglo dispuesto en el Art. 443 inc. e) del Código Procesal Civil (CPC) se cite y emplace al demandado a que demuestre el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato de locación de fecha 14 de julio de 2016, bajo apercibimiento de que en caso que dejar de comparecer sin justa causa, se tendrá por reconocido el incumplimiento de tales obligaciones por parte de la demanda, como dispone el Art. 44 del CPC.

El contrato de locación

La renovación del contrato de locación entre el Instituto de Previsión Social (IPS) y el Ministerio Público, fue firmado el 14 de julio de 2016 entre el entonces presidente de la previsional Benigno María López Benítez y el entonces fiscal general del Estado Francisco Javier Diaz Verón.

La locación fue por el plazo de 4 años, desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2019, y también se previó la prórroga del contrato, según dispone la cláusula 6°.

El monto reconocido al Ministerio Público en concepto de mejoras introducidas en el inmueble propiedad del IPS es de hasta G. 663.972.850, según la cláusula octava del contrato.

El canon mensual de alquiler convenido entre los contratantes es de G. 181.051.020, más IVA, dispone la cláusula 9ª.

La mora en el pago del precio del alquiler fue fijado con un interés del 2% por cada mes de atraso y el equivalente al 0,0667% del canon de alquiler por cada día de atraso, según la cláusula 10°.

El seguro por riesgo pactado en el contrato de alquiler, sobre la totalidad del edificio arrendado es de G. 25.000.000.000, que debería presentarse en el plazo de 30 días posteriores a la firma del acuerdo. La cobertura debería haber tenido vigencia desde el 2 de enero de 2017 y podría renovarse anualmente.

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