Siete años después extinguen la sanción de remoción que afectó al fiscal Ysaac Ferreira

A 7 años de la sentencia de remoción de funciones que afectó al fiscal Ysaac Ferreira Villamayor, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) extinguió la causa del procesamiento de este agente del Ministerio Público porque la sanción del órgano juzgador no quedó firma debido a nunca resolvió recursos planteados por el enjuiciado.

Ysaac Ferreira, fiscal.
Abog. Ysaac Ferreira Villamayor, fiscal antidrogas.Archivo, ABC Color

Cargando...

En la sesión de ese martes 6 de junio de 2023, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) extinguió la causa N° 20/2012 caratulada: “Abg. Ysaac Ferreira Villamayor, Unidad Penal N° 02 de la ciudad de Villa Hayes, Región X – Chaco s/ Enjuiciamiento”, en la cual se había removido al agente. El argumento es que tras su destitución, el fiscal planteó una reconsideración y reposición que nunca fueron analizados por el Jurado, por lo que su destitución nunca quedó firme.

Asimismo, el Jurado que había removido al fiscal Ferreira Villamayor en el 2016 cambió su decisión porque uno de sus miembros el Dr. Cristian Kriskovich, varió su voto de destitución por el de apercibimiento, el 5 de julio de 2017. Sin embargo, al cambiar la remoción por el apercibimiento, esta última sanción no se pudo agregar al expediente del Jurado, lo que provocó que el fiscal esté “destituido”, pero nunca dejó sus funciones porque de hecho seguía en el Ministerio Público.

El expediente judicial cuestionado al fiscal Ferreira estaba caratulado: “Investigación fiscal s/ Supuesto hecho punible contra el ámbito de la vida e intimidad de las personas”.

También en la sesión del Jurado del 30 de mayo de 2023, sus miembros votaron y llegaron a obtener 4 votos por declarar la extinción de la causa y 4 votos por rechazar la extinción. Ante el empate, según lo que disponía la Ley 3759/2009 que regía anteriormente para el Jurado y por el cual fue enjuiciado el fiscal Ferreira Villamayor, ordenaba que ante el empate de votos de sus miembros, se debía optar por la decisión más favorable para el enjuiciado, en este caso fue la extinción de la causa.

La remoción no quedó firme

El miembro del JEM Alfredo Enrique Kronawetter argumentó que el Jurado nunca resolvió el recurso de reposición interpuesto dentro del tercer día y que debió ser resuelto dentro del quinto día. En todo caso se debió declarar el recurso como inadmisible, según la ley.

“Es mentira que la sentencia esté firme, porque está pendiente de resolución. Una llamada de atención a la Asesoría Jurídica, debe considerarse que tiene una cantidad de relatores suficientes. El fallo no está firme a pesar de haber transcurrido cerca de 7 años”, indicó Kronawetter.

El recurso de reposición planteado en tiempo y forma, contra la Sentencia Definitiva del JEM que se emitió el 11 de octubre de 2016 y se notificó al afectado el 31 de mayo de 2017. La reposición se promovió el 2 de junio de 2017.

Kronawetter agregó: “La única solución como propuso Ramirez Candia, es declarar la extinción de la acción porque la causa que enfrentó Ysaac Ferreira nunca concluyó con el dictado de una simple resolución. En su momento se debió declarar inadmisible el recurso de reposición que planteó en tiempo y forma, pero tampoco concluyó en 180 días hábiles, por lo se debe dejar sin efecto la S.D. 57/2016 del 11 de octubre de 2016 por el cual se removió al fiscal”.

Por la extinción se adhirieron

A la posición de Kronawetterde declarar la extinción de la causa se sumaron el senador Ramón Retamozo, el ministro de Corte Manuel Ramírez Candia y Oscar Paciello Samaniego, por compartir los mismos argumentos.

Los votos en contra de la extinción

El diputado Rodrigo Blanco Amarilla dijo que su posición era distinta. “Coincido con la jurisprudencia ya pronunciada, con el ministro Luis María Benítez Riera, en el sentido de que ya habiendo tomando una decisión del pleno, se le notifica del fallo al fiscal Ferreira. La reconsideración no se resolvió, tampoco la reposición, pero no estoy seguro que nosotros podamos extinguir una sentencia emitida por el Jurado. En todo caso se debe recurrir ante la Corte Suprema.

La senadora Hermelinda Alvarenga de Ortega al principio se adhirió a Kronawetter por la extinción de la causa, pero luego rectificó su voto y se adhierió a Blanco, quien propuso rechazar la extinción.

A Blanco Amarilla se sumaron el ministro de la Corte Suprema César Antonio Garay Zuccolillo y el diputado Hernán David Rivas.

El empate debe beneficiar al enjuiciado

El miembro Kronawetter para argumentar que el empate de votos entre posiciones dispares de los miembros del Jurado, según la ley 3759/2009 por la que fue enjuiciado el fiscal Ferreira y que le debía favorecer, mencionó el caso de la Sentencia Definitiva N° 25 del 22 de agosto de 2017 emitido por el Jurado por el cual se favoreció con la absolución al juez Manuel Saifildin, al haber coincidencia en el número de votos y disparidad de aplicación de la sanción.

Fue así que el Jurado declaró extinguida la causa 20/2012 caratulada: “Abg. Ysaac Ferreira Villamayor, Unidad Penal N° 02 de la ciudad de Villa Hayes, Región X – Chaco s/ Enjuiciamiento”.

Los votos por la destitución del fiscal Ferreira

En la sesión del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en el 2016, habían votado en mayoría por la remoción del fiscal Ysaac Ferreira Villamayor, con cinco votos coincidentes de sus miembros. Votaron por la destitución, de quien en ese momento ejercía su presidencia, el senador colorado cartista Óscar González Daher (fallecido), los diputados Óscar Luis Tuma y Eusebio Alvarenga, el senador Adolfo Ferreiro, así como la adhesión del abogado Cristian Daniel Kriskovich.

Por el otro lado, en aquel momento habían votado por el apercibimiento los ministros de la Corte José Raúl Torres Kirmser y Gladys Bareiro de Módica (fallecida), así como el miembro Adrián Salas.

Ante la mayoría, se emitió entonces la Sentencia Definitiva N° 57 del 11 de octubre de 2016, por la cual se destituyó de sus funciones al agente del Ministerio Público.

Posteriormente, Kriskovich revió su voto y en julio de 2017 el Jurado dispuso que se produjo un empate de cuatro, por cada sector, por lo que, según el reglamento del JEM que regía entonces, se debió optar por la sanción de menor gravedad; en este caso, el apercibimiento, que según habían indicado, sería incluido en el legajo del fiscal.

La remoción de Ferreira fue muy cuestionada en su momento, incluso tuvo el apoyo del que fuera fiscal general del Estado Francisco Javier Díaz Verón, de los fiscales adjuntos, de la Asociación de Fiscales, aunque su presidenta en aquel entonces, la agente Victoria Acuña, no se pronunció públicamente a favor de su colega en una conferencia de prensa prevista para el efecto.

Las causales de la “destitución”

La causal de destitución del JEM resultó poco justificable. Había aludido a una falta de diligenciamiento por parte del fiscal Ferreira en una causa de desalojo en Presidente Hayes, cuando ejercía el cargo en esa localidad, en el 2008. También argumentaron como motivo la falta de firma del agente en un escrito.

El 31 de mayo de 2017, el día del cumpleaños de Ferreira, el JEM le había notificado su destitución. Sin embargo, ahora tendrá una noticia diferente ya que días después de su cumpleaños será notificado que la causa que motivó su destitución en el Jurado, fue extinguida.

Otras decisiones del JEM

En su sesión de este martes 6 de junio de 2023, el Jurado resolvió iniciar de oficio, el enjuiciamiento del juez de Presidente Hayes Abog. Rafael Leonardo Martínez.

De igual manera, rechazó in límine la acusación particular contra el juez de primera instancia de Central Abog. Guillermo Manuel Delmás Aguiar.

También resolvió abrir la causa a prueba como solicitó el fiscal enjuiciado Abog. Lorenzo Lezcano, en el caso N° 95/2022.

Asimismo el Jurado desistió y archivó la acusación contra la jueza penal de garantías N° 3 de la capital Cynthia Paola Lovera Brítez, en la causa N° 27/2023.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...