Padrón de pacientes con hipertensión y diabetes: ¿Quiénes pueden inscribirse y para qué sirve?

El Ministerio de Salud lanzó hoy, de manera oficial, el sistema de empadronamiento de pacientes crónicos, buscando facilitar el acceso a la medicación sin tener que recurrir a una consulta mensual. En esta primera etapa, serán enrolados los pacientes con hipertensión arterial y diabetes, pero no todos podrán beneficiarse con este sistema. En esta nota te contamos, entre otros detalles, quiénes pueden y quiénes no pueden empadronarse.

Una mujer con las uñas pintadas de rojo y descascaradas se mide la glucosa con un pinchazo en el dedo y el resultado es de 140. Sobre la mesa, un aparato medidor de la presión arterial muestra que tiene 114/67. También hay una manzana verde y un racimo de uvas.
Una mujer se mide la presión y la glucemia, y los valores son altos.Shutterstock

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En el Centro de Especialidades Cardiovasculares y Enfermedades Crónicas, ubicado en la ciudad de Ypané, autoridades del Ministerio de Salud Pública (MSPBS) lanzaron esta mañana un nuevo servicio para los pacientes crónicos. A partir de ahora, las personas con hipertensión o diabetes, podrán empadronarse y retirar con mayor facilidad y rapidez los medicamentos que consumen mensualmente.

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“Esta estrategia, que es el empadronamiento, tiene como fin asegurar y garantizar el tratamiento de los pacientes crónicos. Desde el punto de vista de salud, nos facilitará utilizar nuestros sistemas de informatización, de nominación de cada paciente. Desde el punto de vista del ordenamiento, podemos programar las compras de medicamentos para el siguiente año”, resaltó el doctor José Ortellado, viceministro de Rectoría y Vigilancia de la Salud.

Hospital de Luque en horario nocturno.
Los pacientes crónicos con diabetes o hipertensión, ya no deberán consultar cada mes solo para retirar sus medicamentos.

La autoridad ministerial refirió que además de facilitar la atención de los pacientes crónicos y descomprimir las salas de consultorios, este nuevo sistema ayudará a facilitar el manejo de más patologías crónicas.

Empadronamiento facilitará acceso a fármacos sin necesidad de consultas

El doctor Ortellado resaltó que mediante el empadronamiento, el paciente tendrá acceso al tratamiento regular sin necesidad de consultar con el médico tratante cada mes. Una vez hecha la consulta, el paciente podrá retirar sus fármacos y consultar nuevamente recién en 120 días.

“El agendamiento se realizará una vez finalizada la consulta y, de acuerdo al criterio médico, por el profesional tratante o por el personal de admisión, una nueva consulta será en cuatro meses, es decir, en unos 120 días”, resaltó.

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El viceministro indicó que inicialmente, el empadronamiento se realizará en seis servicios de salud: Hospital General Barrio Obrero, Centro de Salud N.° 9 y Centro de Salud N.° 10 en Asunción. Además, están habilitados el Centro de Especialidades Cardiovasculares y Enfermedades Crónicas de Ypané, Hospital General de San Lorenzo (Calle´i) y el Hospital Distrital de Limpio, en el área Central.

Tras el empadronamiento de pacientes con hipertensión o diabetes, las consultas serán cada 4 meses.
Tras el empadronamiento de pacientes con hipertensión o diabetes, las consultas serán cada 4 meses.

Ortellado aseguró que posteriormente el enrolamiento de pacientes se irá extendiendo a los demás establecimientos que cuenten con el Sistema de Información en Salud (HIS) y el Sistema de Información y Control de Inventarios Automatizado del Paraguay (SICIAP).

¿Quiénes serán empadronados?

  1. Personas con hipertensión arterial, definida por el médico tratante, cuyo criterio de diagnóstico sea la presión arterial mayor o igual a 140/90 mmHg.
  2. Personas conocidas con diabetes tipo 1 y diabetes tipo 2, con los siguientes criterios de diagnósticos:
  • Glucosa en plasma en ayunas (8 horas o más en ayunas), mayor o igual a 126 mg/dl.
  • Glucosa en plasma mayor o igual a 200 mg/dl 2 horas post TTGO.
  • HbA1c (examen de sangre para la diabetes tipo 2 y prediabetes) mayor o igual a 6.5%.
  • Glucosa en plasma al azar mayor o igual a 200 mg/dl en presencia de síntomas clásicos de hiperglucemia (pérdida de peso, poliuria, polidipsia, polifagia).
  • DM1 (diabetes Mellitus tipo 1) ingresados en el registro nacional de diabetes tipo 1.

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¿Quiénes no pueden empadronarse?

Desde Salud Pública pidieron tener en cuenta que las personas que no podrán empadronarse son aquellos pacientes que requieren evaluaciones periódicas o con las siguientes situaciones especiales, según criterio médico:

  • Hipertensión arterial y embarazo.
  • Hipertensión en niños y adolescentes.
  • Hipertensión no controlada, en pacientes descompensados o con comorbilidades severas.

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Para el caso de personas con diabetes, no se empadrona en los siguientes casos:

  • Diabetes y embarazo.
  • Glucemias superiores a 250 mg/dl y síntomas de descompensación (Pérdida de peso, Poliuria, Polidipsia, Polifagia), hipoglucemias frecuentes o antecedentes de hipoglucemias severas.
  • Complicaciones crónicas agudizadas (retinopatía, nefropatía, cardiopatía, neuropatía y pie diabético).
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