Cámara confirma a juez que procesa a Hugo Javier por lesión de confianza

La Cámara de Apelaciones confirmó al juez Rodrigo Portillo para seguir atendiendo el proceso por lesión de confianza que enfrenta el exgobernador de Central Hugo Javier González, y otras personas por el presunto desvío de más de G. 18.380 millones que debían ser ejecutados para desarrollar proyectos.

Audiencia preliminar del exgobernador de Central, Hugo Javier Gonzalez Alegre (der.), en tribunales. Lo acompaña su abogado Fausto Portillo Lugo.
Audiencia preliminar del exgobernador de Central, Hugo Javier Gonzalez Alegre (der.), en tribunales. Lo acompaña su abogado Fausto Portillo Lugo.Gustavo Machado

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El Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción integrado con los camaristas Arnulfo Arias Maldonado, Digno Arnaldo Fleitas y María Belén Agüero Cabrera, por medio del Auto Interlocutorio (AI) N° 87 del 16 de mayo de 2024, rechazó la recusación contra el juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos del Segundo Turno, Abg. Rodrigo Estigarribia, promovida por el abogado Fausto Portillo Lugo, por la defensa del exgobernador de Central Hugo Javier González Alegre.

La causa penal está identificada como “Hugo Javier González Alegre y otros s/ lesión de confianza (Ley N° 6379) superior a 5.500 jornales y otros”.

El fiscal de la causa es el Abg. Silvio Corbeta Dinamarca, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA)

Competencia del juez no está firme, alegó defensa y recusó

El abogado Fausto Luis Portillo Lugo alegó como motivo para pedir la separación del juez Rodrigo Estigarribia, el 6 de mayo de 2024, en la audiencia preliminar, sustentando en lo que dispone el artículo 50 numeral 13 del Código Procesal Penal.

La base de esta recusación es que la competencia del juez Estigarribia no ha quedado firme en razón a que se halla pendiente un recurso de apelación ante la Corte Suprema de Justicia presentado por el Abg. Rubén Schetina, extremo comprobado y registrado en la plataforma digital del expediente electrónico ante el superior.

Además, se halla registrado en el expediente electrónico de trámite ordinario en virtud de la nota de fecha 3 de mayo de 2024 en el cual el juez Estigarribia procedió a suspender la audiencia preliminar de otros procesados justamente teniendo como argumento el recurso de apelación en trámite”, alegó.

Cámara sostiene que no hay circunstancias graves para separar al juez

Abg. Rodrigo Estigarribia, juez penal de garantías.
Abg. Rodrigo Estigarribia, juez penal de garantías.

Los camaristas Arnulfo Arias, Digno Fleitas y María Belén Agüero, refirieron que”...los argumentos del recusante carecen de fundamentos fácticos y jurídicos, pues la causal prevista en el artículo 50 numeral 13 se refiere, más bien, a cuestiones particulares que los jueces deben invocar para separarse de los juicios y, en el caso concreto, no existen circunstancias graves que puedan afectar la independencia o imparcialidad del juez”.

Los camaristas de igual manera expusieron que el abogado Fausto Luis Portillo Lugo, en su recusación, no ha aportado un solo elemento que indique la existencia de motivos graves que fundamenten su pretensión.

Por tanto, considerando que el planteamiento no posee sustento fáctico ni jurídico, sino más bien es meramente dilatorio, el juzgado estima que el excelentísimo tribunal de apelaciones debe rechazar la recusación...”.

En cuanto al inc.13, ha sido constante la opinión de los tribunales de rechazar dicha pretensión, cuando las alegaciones al respecto provengan de una de las partes, pues la misma debería de corresponder al magistrado cuando no se encuentre en condiciones, por motivos graves, de atender en un proceso si siente en duda su imparcialidad o independencia. En estas condiciones, no corresponde hacer lugar a la recusación formulada, dicen los camaristas.

Motivos de excusación y recusación

El Código Procesal Penal dispone en su artículo 50, que los motivos de separación de los jueces serán los siguientes:

13) cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecten su imparcialidad o independencia.

Perjuicio de G. 18.380 millones, según Fiscalía

Todos los acusados son sospechosos de formar parte de un esquema delictivo que se montó para el desvío ilícito de fondos de la institución departamental a través de erogaciones irregulares. Los hechos investigados son lesión de confianza, apropiación, producción de documentos no auténticos y asociación criminal.

Según la acusación, el exgobernador Hugo Javier firmó 51 resoluciones por medio de las cuales autorizó transferencias de los millonarios fondos para la presunta ejecución de los 51 proyectos propuestos por el Consejo Regional de Salud del departamento Central, el Centro Integral de Apoyo Profesional (CIAP), la Asociación Plantemos Conciencia, el Centro Nacional de Organizaciones Populares (CENOP) y la Asociación Ecodesarrollo.

De acuerdo a las evidencias colectadas, quedó comprobado que todas las transferencias autorizadas entre marzo del año 2019 y diciembre de 2020 fueron hechas indebidamente, en atención a que no se habría cumplido con los procedimientos y requisitos establecidos. Del monto total de G. 24.424.032.733 que fue desembolsado, la Fiscalía señala en su acusación que el perjuicio ocasionado a la Gobernación asciende a G. 18.384.427.005.

El fiscal anticorrupción Silvio Corbeta resaltó que la auditoría y fiscalización realizada por la Contraloría General de la República detectó que los proyectos no fueron ejecutados en su totalidad y que de los poco más de veinticuatro mil millones destinados para los proyectos, solo se ejecutaron unos seis mil millones.

Irregularidades en la administración de Hugo Javier

La acusación fiscal resalta que los proyectos para los cuales fueron desembolsados los fondos no contenían el “plan de acción” a ser ejecutado, es decir, que no fueron especificadas las acciones a ser realizadas, así como tampoco se brindaron detalles de los bienes y servicios que serían adquiridos.

Los planes no tenían un presupuesto debidamente elaborado, con la descripción de los precios unitarios y totales, a fin de analizar la razonabilidad de los recursos a ser desembolsados. Tampoco fueron identificados los lugares en los que deberían ser ejecutadas las actividades.

Los proyectos que contemplaban construcciones no especificaban qué tipos de obras se realizarían, tampoco el lugar de ejecución, no tenían planos de ubicación, especificaciones técnicas, ni el precio de cada una de ellas, pese a ello, la Gobernación realizó los desembolsos.

Organizaciones no presentaron rendición de cuentas

La acusación presentada por la fiscalía de Delitos Económicos y Anticorrupción puntualiza que luego de las transferencias, las organizaciones que recibieron las millonarias sumas de dinero no presentaron las copias de rendiciones de cuentas visadas por la Contraloría General de la República (CGR).

Las entidades beneficiadas no presentaron a la administración departamental el certificado original y vigente de una cuenta bancaria, cuenta corriente o caja de ahorro, pero igual recibieron los cheques de forma directa que luego fueron efectivizados.

El Ministerio Público puntualiza en la acusación que los fines y objetivos de varios proyectos, para los cuales la Gobernación de Central desembolsó los millonarios montos, no guardaban relación con los fines u objetivos de las entidades beneficiadas con dichos desembolsos.

El exgobernador de Central Hugo Javier González debe afrontar juicio oral y público en la causa conocida como “obras fantasmas”, por el presunto perjuicio de G. 5.105 millones del fondo covid-19 que el Ejecutivo desembolsó a la Gobernación de Central. El juzgamiento está programado para el lunes 17 de junio próximo.

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