La acusación en contra de la fiscala adjunta de Delitos Económicos y Anticorrupción Soledad Machuca fue presentada por la exjueza Tania Carolina Rosa Irún Ayala, bajo patrocinio de la Abg. Gessy Ruiz Díaz, y tuvo mesa de entrada en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) este miércoles 17 de diciembre.
El escrito acusatorio se basa en el Dictamen N° 836 del 18 de julio de 2024, por el cual la fiscala adjunta María Soledad Machuca rectificó el requerimiento de la fiscala Verónica Valdez (interina), quien había solicitado el sobreseimiento definitivo de la exjueza Tania Irún del proceso por presunto prevaricato; presentó acusación y pidió que la causa vaya a juicio oral y público.
Lea más: Vuelven a elevar a juicio oral causa contra exjueza Tania Irún por presunto prevaricato
“La acusación formulada por la agente fiscal acusada implica una suerte de persecución a inocentes, siendo que los presupuestos objetivos para la persecución penal por el hecho punible atribuido ‘prevaricato’, no son dados en este caso, pese a ello ha formulado indebidamente acusación en mi contra”, señala Tania Irún en parte de la argumentación.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Agrega que como exjueza en lo Civil y Comercial simplemente ha dictado una resolución en el marco de una controversia conforme a sus facultades, sin violar el derecho, sin haberse apartado de lo establecido en la ley y que su actuar en ningún sentido supuso una infracción manifiesta o evidentemente contradictoria al ordenamiento jurídico, ya que su fallo fue confirmado por instancias superiores.
JEM fijó plazo en caso de fiscala adjunta
La exjueza Tania Irún presentó acusación luego de que en la sesión del pasado jueves (11 de diciembre) el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados haya tomado conocimiento de las publicaciones en la red social X sobre el supuesto mal desempeño de funciones de la fiscala adjunta Soledad Machuca y fijó plazo para expedirse sobre una posible investigación preliminar del caso.
Lea más: Caso Tania Irún: JEM rechaza acusación contra camarista
La acusación presentada por la fiscala adjunta Soledad Machuca fue admitida por el juez de Garantías Osmar Legal, interino de su colega Diana Carvallo, quien el 14 de abril del corriente año resolvió elevar a juicio oral y público la causa por presunto prevaricato en contra de la exmagistrada Tania Irún.

Dicha resolución fue objeto de apelación por parte de la defensa de Irún y el recurso sigue pendiente de resolución en la Cámara de Apelaciones.
Tania Irún fue removida del cargo por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en noviembre de 2021. Contra dicha resolución la ex jueza en lo Civil y Comercial de la Capital interpuso una acción de inconstitucionalidad que está pendiente de resolución en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Lea más: Por mayoría, el Jurado removió a la jueza Tania Irún, enjuiciada en un controvertido caso
Acusación por supuesto prevaricato
La acusación fiscal contra Irún es por supuesto prevaricato en la resolución de la demanda de las firmas Cusabo, Kyveloria, Firstar Investments y Elite Kingdom por cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública; planteada en contra de la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial.
El dictamen de la fiscala adjunta Soledad Machuca señala que la Comisión Interinstitucional Zona de Seguridad Fronteriza, confirmó que 22 de las 26 fincas situadas en el Alto Paraguay están ubicadas en zona de seguridad fronteriza, de acuerdo a las copias autenticadas del mapa remitidas a la Fiscalía.

En consecuencia, Tania Irún Ayala dictó la Sentencia Definitiva N° 494 del 23 de noviembre de 2018 sin tener por descartado que las firmas mencionadas tenían socios o representantes legales de países limítrofes, acciones al portador y/o en su caso títulos societarios endosables, de acuerdo a la acusación fiscal.
Lea más: Urgen integración de tribunal para destrabar proceso a exjueza acusada de prevaricato
Según la hipótesis acusatoria, la entonces jueza en lo Civil y Comercial Tania Irún supuestamente violó y tergiversó el derecho, apartándose de lo establecido en la Ley N° 2532; y su conducta contiene circunstancias “que sugieren parcialidad y arbitrariedad”.
Votos de ministros de la Corte contra Irún
Al votar por la remoción de Tania Irún, el ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ Manuel Ramírez Candia expresó que “la magistrada Tanía Irún adelantó sus vacaciones, comunicó este hecho, pero sin que la Corte haya dado por finalizado ese periodo de vacaciones, tomó la decisión de resolver la demanda. Técnicamente, no tenía la competencia en ese momento para dictar la resolución”, manifestó el integrante del máximo tribunal.
Por su parte el ministro Luis María Benítez Riera resaltó que la norma establece “que las acciones a títulos de sociedades que pretendan ser propietarios, copropietarios o usufructuarios de inmuebles rurales en las zonas de seguridad fronteriza, deben ser nominativas y no endosables, según el Art. 4°. Que son nulos los actos jurídicos que contraríen esta ley, sin perjuicio de las demás sanciones que puedan corresponder a los jueces, notarios públicos y funcionarios que intervengan en tales actos.”
Lea más: Piden proteger tierras ubicadas en zona de seguridad fronteriza
Agregó que el Jurado no se podía constituir como una instancia paralela a la jurisdiccional, pero que el Art. 14 establecido en la Ley 3759/ 09 ‘De Enjuiciamiento de Magistrados’, dispone aplicar una sanción cuando los jueces incumplen las garantías y obligaciones establecidas en la Constitución y en la ley, y muestren manifiesta parcialidad o ignorancia de las leyes. Esencialmente, el inciso g) del Art. 14 de la Ley 3759 se constituye en la llave que habilita a este órgano constitucional a analizar los fallos judiciales, no como órgano superior de revisión, sino como institución competente a verificar las actuaciones de los jueces”.
Finalmente, Benítez Riera había señalado que el análisis de la jueza Tania Carolina Irún Ayala para emitir su sentencia, fue incompleta. “Colocó en una situación de peligro al Estado en lo que hace a su seguridad territorial”, concluyó el ministro de la Corte.
