Este martes, la fiscala Sonia Sanguinés presentó urgimiento ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a fin de que la misma dé tratamiento a dos excepciones de inconstitucionalidad, planteados por el abogado Óscar Ariel Torres, en representación de los comisarios enjuiciados por presunta tortura en época de la dictadura stronista, Eusebio Torres y Juan Aniceto Martínez Amarilla (fallecido), y también la defensa Manuel Crescencio Alcaraz.
Este constituye el sexto urgimiento que presenta la representante del Ministerio Público, en relación con las citadas acciones que están pendientes de resolución.
El quinto urgimiento hecho por la agente fiscal se presentó el 17 de diciembre de 2025, días antes de que la misma presente sus alegatos finales -el 23 de diciembre de 2025- en el marco del juicio oral y público sobre la causa caratulada como “Nicolás Lucilo Benítez y otros s/ tortura”.
Dichos planteamientos por parte del abogado Óscar Torres fueron presentados el 5 de febrero de 2025, es decir, están por cumplir un año cajoneados en la Sala Constitucional de la Corte, que quedó integrada por los miembros naturales y ministros César Diesel y Víctor Ríos, además del camarista del Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Carlos Escobar Martínez, quien integra la sala ante la inhibición de Gustavo Santander.
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Cierre de juicio en riesgo por falta de resolución
El juicio contra los comisarios de la dictadura stronista Eusebio Torres, Fortunato Laspina, Manuel Crescencio Alcaraz, por actos de tortura cometidos entre los años 1976 y 1978, contra Domingo Guzmán Rolón (fallecido en 2024), durante el dictadura de Alfredo Stroessner (1954-1989).
El debate público inició en octubre de 2025, luego de estar estancado por 8 años. Actualmente, el mismo se encuentra en la etapa de réplica y dúplica. En ese sentido, la fiscala Sonia Sanguinés ya presentó su réplica y la dúplica de las defensas de los acusados harán su presentación el próximo 22 de enero.
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El juicio se encuentra en una etapa de conclusión, sin embargo, el hecho de que no haya resolución de las excepciones de inconstitucionalidad pone en riesgo el cierre del mismo, pues hasta que no se expida la Sala Constitucional de la Corte, el Tribunal de Sentencia no podrá dictar sentencia. A esto se suma que, la suspensión entre sesiones no debe superar los 10 días corridos, de superar este último plazo, el debate debe reiniciarse.
Desde el Ministerio Público expresaron su preocupación por esta situación que ahora se presenta en el escenario.
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Proceso se dilató por más de 8 años
El caso llevaba dilatado más de 8 años, debido a diversos incidentes planteados a lo largo de los años. Recordó que incluso aún están pendientes de resolución dos excepciones de inconstitucionalidad, que si bien no afectan el curso del juicio, solo permiten llegar hasta la etapa de sentencia.
La causa inicialmente tuvo 10 personas imputadas, pero con el transcurso de los años, cinco de ellas fallecieron: Camilo Almada Morel, Juan Aniceto Martínez, Agustín Belotto Vouga, Obdulio Argüello Brítez y Felipe Nery Saldívar.
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En tanto que otras dos personas están declaradas en rebeldía y se trata de Nicolás Lucilo Benítez y Mario Flores Cáceres. Ambos, indicó la fiscala Sonia Sanguinés, cuentan con órdenes de captura pendientes.
De esta forma, el Tribunal de Sentencias, presidido por el juez Fabián Escobar e integrado por Carlos Hermosilla y Juan Pablo Mendoza, está a cargo del juicio contra los policías Eusebio Torres Romero, Manuel Crescencio Alcaraz y Fortunato Lorenzo Laspina.
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Policías stronistas afrontan juicio por torturas
Los antecedentes que obran en los escritos de la Fiscalía refieren que los acusados habrían torturado a Domingo Guzmán Rolón y otros presos políticos que eran detenidos por la Policía del dictador Alfredo Stroessner entre los años 1976 y 1978.
La imputación relata que Domingo Guzmán Rolón fue detenido el 17 de octubre de 1976, en Puerto Pilcomayo (Argentina), cuando intentó ingresar al país con un certificado falso a nombre de Jorge Antonio Zapattini Samaniego.
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Tras su detención en territorio argentino fue llevado primeramente hasta un Destacamento de la Armada, luego a un Centro de Detención situado en Resistencia, para luego ser trasladado hasta un lugar denominado Monte 29 de Formosa.
El 2 de diciembre de 1976 fue llevado en la valijera de un vehículo hasta el Departamento de Investigaciones de la Capital, lugar donde sufrió apremios físicos y permaneció detenido hasta el 1 de diciembre de 1977 cuando fue trasladado al Penal de Emboscada, siempre de acuerdo a la acusación.
Los acusados habrían tenido participación en calidad de autores de torturas, en concordancia con el artículo 309 (tortura) incisos 1 y 3, en concordancia con el artículo 29º del Código Penal.