La imputación por supuesto homicidio culposo presentada por la fiscala Teresa Sosa contra el médico traumatólogo Humberto Tadeo Ávila Paiva es por la muerte de una paciente de 22 años, ocurrida el 27 de marzo de 2024.
De trata de María Paulina Aparici Boesmi, estudiante del penúltimo año de la carrera de Psicología de la Universidad Católica y docente auxiliar en el Colegio Japonés Paraguayo, cuyo calvario empezó el 8 de febrero de 2024, cuando se torció el pie izquierdo. Parece increíble pero esta lesión, aparentemente simple, le costó la vida.
La imputación refiere que el 10 de febrero la joven consultó en urgencias de Sanatorio Santa Julia, donde tras la radiografía correspondiente le dieron el siguiente diagnóstico: “Lesión en pie izquierdo. Fractura del metatarsiano izquierdo”.
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Acto seguido, la universitaria consultó con el traumatólogo Humberto Tadeo Ávila Paiva, quien procedió a enyesarle el pie y a recetarle analgésicos y antiinflamatorios.
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Antecedentes y signos de alarma, ignorados
Durante la consulta, la madre de la paciente le informó al Dr. Ávila que el padre de María Paulina sufrió una trombosis en la pierna y que por prescripción médica, su hija tomaba anticonceptivos orales para el tratamiento del acné por 3 años aproximadamente, preguntándole si le prescribiría anticoagulantes ante la situación de salud familiar y personal de la paciente, pero el médico respondió que no era necesario.
El 22 de febrero de 2024, 11 días posteriores a la primera consulta con el Dr. Ávila, María Paulina acudió nuevamente a consultar con el Dr. Ávila, acompañada de su madre, debido a que sentía dolor en la pierna, zona de la pantorrilla, en el pie en la zona de la lesión, en la espalda alta y hombros, indicándole además que sentía en la espalda el dolor “como de adentro”.

En la ocasión, siempre según la imputación, el médico dijo que se trataba de una contractura. Asimismo, tras observar la tomografía del pie izquierdo, les informó que se había producido la fractura de 4 metatarsianos y no de 3 metatarsianos como anteriormente se le había informado.
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Por esta razón, le indicó continuar con la medicación ya proporcionada y la utilización del yeso durante 45 días, es decir, 10 días más de lo indicado primeramente.
Advertencias de la madre, desatendidas
“Ante todo lo manifestado por la hija y la nueva información producto de los estudios, la Sra. Boesmi le preguntó nuevamente al médico la necesidad de la prescripción de anticoagulantes, quien le respondió en forma negativa”, señala la imputación.
“En fecha 05 de marzo de 2024, María Paulina volvió al Sanatorio Santa Julia a consultar con el Dr. Ávila, a quien le habría referido que seguía con el dolor en la espalda, en la pierna y el yeso le apretaba en la zona de la pantorrilla y como habría transcurrido 23 días de utilización del yeso, el médico procedió a quitarle y a indicarle que utilice una bota “Walker” pierna inmóvil, levantada la mayor parte del tiempo posible, no pisar durante 15 días aproximadamente y como el tobillo se encontraba hinchado, le prescribió que continúe con la misma medicación que le había prescripto”, señala el escrito.
Lo cierto y lo concreto es que a medida que pasaba el tiempo, el dolor y las molestias se agravaban, lo que motivó a que la paciente consultara nuevamente con Ávila el 18 de marzo y en la madrugada del 19 de marzo, acudiera a Urgencias del sanatorio mencionado por intensos dolores en la espalda.
Médico atribuyó dolor al “estrés”
En una nueva consulta que tuvo lugar el 21 del mismo mes, le galeno le dijo que el dolor se debía a que la joven estaba “muy estresada”, le indicó la realización de una ecografía para descartar una lesión tendinomuscular, le recetó un antiinflamatorio inyectable y 15 sesiones de fisioterapia.
“En fecha 27 de marzo de 2024, la Sra. Boesmi y su esposo concurrieron temprano a sus trabajos respectivos, despidiéndose de sus hijas María Paulina y Cecilia y a las 10:50 horas aproximadamente, la madre recibió una llamada telefónica de su hija Cecilia, quien le manifestó que encontró a María Paulina tendida en el piso”, relata la imputación.
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En la oportunidad, se solicitó una ambulancia cuyos profesionales intentaron reanimar a la joven, pero las 11:30 se declaró su muerte.
La autopsia determinó que la muerte se debió a un “tromboembolismo pulmonar masivo bilateral”.
Imputación por homicidio culposo
Básicamente, la Fiscalía imputa al Dr. Ávila por infringir los deberes de cuidado en el ámbito médico, al no haber realizado estudios y análisis para descartar enfermedad tromboembólica, no haber seguido el protocolo establecido ante los factores de riesgo y signos de alarma mencionados ni haber realizado interconsultas con especialistas, pese a las reiteradas advertencias de la paciente y su madre.
“(...) el accionar del Dr. Humberto Tadeo Ávila Paiva, dio lugar a dos situaciones, en primer lugar, habría infringido los deberes de cuidado en el ámbito médico, pues como médico tratante de María Paulina Aparici Boesmi habría actuado con imprudencia, al no prestar la atención debida a su paciente y a su madre, quienes desde la primera consulta lo alertaron de una situación de salud de riesgo de la que podría ser objeto y también habría actuado con negligencia, al obrar con descuido o falta de cuidado al no poner en práctica los Protocolos Nacionales e Internacionales y las “Reglas de las Buenas Prácticas Médicas (BPM)” indicados para personas que podrían sufrir un tromboembolismo, situación que al final se dio y ocasionó la muerte de su paciente”, precisa la imputación.

La fiscala Sosa solicitó la aplicación de medidas alternativas a la prisión para el Dr. Ávila, que fueron establecidas en una audiencia de imposición de medidas realizada el martes último, ante el juzgado penal de Garantías N° 9.
Prohibición de salir del país y de cambiar de domicilio y fianza personal de su pareja Mirta Rosso Díaz, quien deberá presentarte ante el juzgado el próximo 2 de febrero para firmar el acta correspondiente, son las medidas establecidas por el juez Rolando Duarte.
