La Corte Suprema de Justicia (CSJ) resolvió hacer lugar al recurso de apelación presentado por el abogado Eugenio Giménez Torres, en representación de la Municipalidad de Atyrá, y revocar el Auto Interlocutorio Nº 1077 del 10 de septiembre de 2025, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, que había habilitado provisoriamente la explotación del pozo artesiano.
Según informó el asesor jurídico de la Comisión Vecinal Defensa del Agua de Atyrá, Víctor Samaniego, el máximo tribunal fundamentó su decisión en el principio de que el interés colectivo debe prevalecer sobre proyectos privados. “Ningún barrio cerrado puede estar por encima de una comunidad”, resaltó, al referirse al alcance del fallo.
La resolución también deja sin sustento legal la medida cautelar que favorecía a la empresa, lo que en la práctica representa un freno judicial al uso privado del acuífero en disputa.
Piden acciones de instituciones públicas
Luego de conocerse la decisión, los pobladores de Atyrá aseguraron que la lucha continúa. Solicitan que el Ente Regulador de Servicios Sanitarios (Erssan) revoque cualquier autorización que permita el uso del pozo y de su acueducto para abastecer al emprendimiento inmobiliario.
Asimismo, reclaman que el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) ya no otorgue la licencia ambiental solicitada por la firma y que emita un dictamen técnico que reconozca los posibles riesgos ecológicos para el Acuífero Caacupé.
También piden que se establezca una reglamentación clara que priorice el consumo humano por sobre cualquier uso comercial o privado del recurso hídrico.
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Solución propuesta por la comunidad
Como salida al conflicto, los afectados plantean que la empresa recurra a la red de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Essap) u otras fuentes reguladas para la provisión de agua, y que cese la explotación privada del acuífero.
Para la comunidad, el fallo marca un precedente en la defensa del ambiente y del acceso al agua como bien público, en un contexto donde el crecimiento inmobiliario genera cada vez más presión sobre los recursos naturales de la región.
El caso
El proyecto cuestionado corresponde a un lujoso barrio cerrado construido en un predio de 90 hectáreas, ubicado entre Ypacaraí y San Bernardino.
El emprendimiento prevé la existencia de 545 lotes y edificios destinados a 135 departamentos. Entre sus principales atractivos figura la instalación de una “Crystal Lagoon” o laguna de cristal, promocionada como la laguna artificial con la mayor superficie de playa del mundo.
Esta clase de infraestructura permite la creación de lagunas artificiales de gran tamaño incluso en zonas urbanas o desérticas, pero requiere un uso intensivo de agua, lo que genera preocupación entre los pobladores.
La empresa perforó un pozo profundo en la compañía Zanja Jhu de Atyrá para el suministro de agua al megaproyecto, ubicado a 7,5 km en línea recta.
Desde un primer momento la comunidad expresó su oposición al proyecto y el intendente, Ramón Martínez (ANR-HC), en más de una ocasión dijo que pecaron de ingenuos al aprobar la perforación del pozo profundo en la zona, incluso sin contar con todas las documentaciones exigidas para ese tipo de obras.
En reiteradas ocasiones intentamos comunicarnos con Martín Tempe, representante legal de Petrohue Real Estate SA y de la sociedad Highlands Park & Lagoon (encargados del emprendimiento), para conocer su versión sobre las denuncias, pero no obtuvimos respuesta. El espacio queda abierto para la empresa si desea referirse a las inquietudes de la población.
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