El presidente de la República, Santiago Peña, firmó el Decreto N° 5524 y mediante este se dispone el empleo de elementos de combate de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) en operaciones de defensa interna en el ámbito territorial definido de la Región Oriental.
Sobre la norma, el ministro de Defensa, Óscar González, explicó que “la operativa no cambia en nada”, ya que la aplicación solamente se daría en caso de que se necesiten “elementos de combate” de las Fuerzas Armadas en casos referentes al combate al crimen organizado o terrorismo.
Asimismo, aseguró que los militares no combatirán “la delincuencia común”, es decir, no estarán en cortes de rutas o realizando patrullajes como la Policía Nacional y tampoco "persiguiendo a delincuentes callejeros”.
“Eso no podemos hacer nosotros por la naturaleza de empleo y doctrina. El armamento, el entrenamiento de una determinada fuerza; el armamento militar es de grueso calibre”“, detalló.
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Intervención y coordinación
Otro punto que destacó González es que la intervención de las fuerzas militares estará condicionada a la presencia de grupos que posean armamento de guerra y un entrenamiento de tipo “pseudomilitar” o paramilitar, al mismo tiempo de que también continuarán trabajando de forma “coordinada” con otras instituciones como la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) como ya lo venían haciendo.

Finalmente, esta normativa fue decidida en momentos en que ocurre el secuestro del productor de soja Almir de Brum da Silva, atribuido al autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), el sábado último en el departamento de Canindeyú.
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