BCP fija topes para comisiones de ciertos servicios en el Sipap

El Banco Central del Paraguay aprobó un reglamento tarifario para ciertos servicios del SIPAP en el cual  impone topes a comisiones por su uso
El Banco Central del Paraguay aprobó un reglamento tarifario para ciertos servicios del SIPAP en el cual impone topes a comisiones por su usoShutterstock

El Banco Central del Paraguay aprobó un reglamento tarifario para ciertos servicios del Sipap en el cual impone topes a comisiones por su uso, según la banca matriz, para corregir desbalances en el mercado. Sepa a qué se aplican y cuáles son estos topes.

El Banco Central del Paraguay (BCP) aprobó el reglamento tarifario aplicable a los servicios de pago, una decisión que apunta, de acuerdo con un comunicado de la entidad monetaria, a transparentar costos, fortalecer la protección de comercios y usuarios y corregir desbalances en el mercado. Este tarifario no afectaría a las transferencias (SIP), de acuerdo con lo indicado.

Según el informe del equipo técnico de la banca matriz y que se detalla en el comunicado de prensa, la ausencia de un régimen tarifario integral genera asimetrías de información, baja comparabilidad de costos, riesgos de cobros ambiguos o duplicados y posibles distorsiones competitivas entre servicios de pago similares.

Según indicaron, la medida se enmarca en la Ley Nº 7.503/2025, “Sistema Nacional de Pagos”, y en la Ley Nº 5.476/2015, estableciendo de esta manera, reglas de transparencia informativa, denominaciones autorizadas de cargos y topes tarifarios para comisiones, gastos y penalidades vinculadas a servicios de pago.

De acuerdo con el documento, el nuevo marco alcanza a participantes y proveedores que operan servicios cursados por el Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap), adquirencia, redes y procesamiento de tarjetas, sistemas propietarios y otros servicios de pago autorizados.

Estos son son los principales topes en el Sipap:

Proveedores de Servicios de Inicio de Pagos (PISP), Solicitud de Pago, Débitos Directos/Domiciliación y transferencias interbancarias en sistemas propietarios: hasta 1,5% del monto de la operación, IVA incluido.

Participante Patrocinador: hasta 1% del monto de la operación, con un máximo de G. 5.500.

Asimismo, la regulación dispone que los pagos iniciados mediante QR que utilicen como mecanismo subyacente transferencias de crédito, independientemente de que operen sobre infraestructuras públicas o privadas, estarán sujetos a una comisión máxima del 1,5 % del monto de la operación, IVA incluido.

Se busca condiciones igualitarias en el mercado

Según la disposición del BCP, esta medida garantizará condiciones más igualitarias para servicios comparables y favorecerá un entorno competitivo en beneficio de comercios y usuarios finales.

Añaden igualmente que la transparencia es el eje central del reglamento, ya que los proveedores deberán publicar tarifarios actualizados, informar con claridad comisiones, gastos y penalidades, justificar técnicamente los cargos y asegurar que cada cobro sea verificable y corresponda a un servicio real.

Con esta decisión, el BCP estima que da un paso hacia un ecosistema de pagos más transparente y competitivo, en beneficio de la ciudadanía y los comercios.

Operaciones en Sipap aumentaron 114% en un año

Entre las estadísticas más sobresalientes del SIPAP se encuentran la duplicación de operaciones liquidadas por año y la cuadruplicación de operaciones diarias entre 2023 y 2025, alcanzando aproximadamente 1,6 millones de operaciones por día. Asimismo, en 2025 el SIPAP alcanzó un volumen equivalente al 323% del PIB, con más de 381 millones de operaciones en el año, lo que representa un aumento del 114% con respecto a 2024.