Fiscala descarta legítima defensa en caso del motochorro muerto en MRA

La fiscala Cynthia Torres, quien investiga el caso de un motochorro asesinado en Mariano Roque Alonso por parte de la víctima de su robo, indicó que “ya no se puede hablar de una legítima defensa” porque el disparo que recibió el supuesto ladrón fue mucho tiempo después de cometido el robo.

Justino Galeano Ramos tirado en la calle y a su lado el vehículo en el que estaba la víctima del robo y sus hermanos.
Justino Galeano Ramos tirado en la calle y a su lado el vehículo en el que estaba la víctima del robo y sus hermanos.IVAN LEGUIZAMON

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Hoy se determinó que Juan Pablo Jaquet Bidondo (21) cumpla arresto domiciliario pese a que la Fiscalía había solicitado su prisión preventiva, atendiendo a que el joven se encuentra imputado por homicidio doloso simple al ser el sindicado como el autor de un disparo que acabó con la vida de Justino Galeano Ramos, un presunto motochorro que le había robado su motocicleta en Mariano Roque Alonso pero fue perseguido por la víctima.

Por la muerte del ladrón son investigados tres hermanos, el mencionado Juan Pablo, Víctor Hugo (31) y Hernán Gabriel Jaquet Bidondo (26). Los dos últimos fueron imputados por omisión de auxilio y todos se abstuvieron de declarar, según confirmó la fiscala Cynthia Torres, quien investiga el caso.

Al respecto, la agente del Ministerio Público detalló que ante su imputación por homicidio doloso simple, Juan Pablo Jaquet Bidondo se expone entre 5 a 25 años de prisión, mientras que a su vez confirmó que en este caso “ya no se puede hablar de legítima defensa” porque el disparo que habría ocasionado el fallecimiento del motochorro se efectuó aproximadamente una hora después del robo de la motocicleta.

Pese a descartar la legítima defensa, Torres sostuvo que se podría analizar una “excitación emotiva” que podría cambiar la calificación del hecho y precisó que la Fiscalía tiene seis meses para su respectiva investigación y corroborar “todas las versiones” que pueden presentarse sobre el caso.

Legítima defensa y excitación emotiva, en caso motochorro

El Código Penal Paraguayo establece en su artículo 19 qué es la legítima defensa y cita lo siguiente:

No obra antijurídicamente quien realizara una conducta descrita en el tipo legal de un hecho punible, cuando ella fuera necesaria y racional para rechazar o desviar una agresión, presente y antijurídica, a un bien jurídico propio o ajeno”.

Por otra parte, en su artículo 105 establece que en caso de homicidio doloso se aplicará una pena privativa de libertad de hasta cinco años y se castigará también la tentativa cuando: “El reproche al autor sea considerablemente reducido por una excitación emotiva o por compasión, desesperación u otros motivos relevantes”.

Sobre el caso de Mariano Roque Alonso los antecedentes detallan que dos presuntos motochorros robaron una motocicleta y luego fueron perseguidos por la presunta víctima a bordo de un automóvil. Posteriormente, desde el vehículo en el que iban los tres hermanos se efectuó un disparo que impactó en la espalda de uno de los delincuentes -Justino Galeano Ramos-, quien posteriormente falleció.

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