El Tribunal de Sentencia, presidido por Inés Galarza e integrado por Juan Dávalos y Pablino Barreto, condenó en mayoría a 11 años de prisión a Sergio Denis Ortiz Ríos, acusado en el caso Psico. El mismo fue declarado culpable por el artículo 26 de la Ley N° 1.340/88, relacionado a la remisión al exterior desde territorio paraguayo de sustancias estupefacientes, en este caso, ergotamina, un precursor para la elaboración de LSD (dietilamida de ácido lisérgico).
La pena se dio por los votos en mayoría de los jueces Galarza y Dávalos, quienes consideraron acreditados los hechos atribuidos al acusado Sergio Ortiz, en los alegatos presentados por la agente fiscal Ingrid Cubilla. En ese sentido, resolvieron condenar al encausado por lo establecido en el artículo 26 de la Ley N° 1.340/88, cuyo marco penal es de 10 a 25 años de prisión.
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En tanto que, el voto en disidencia lo dio el juez Pablino Barreto, quien consideró que la conducta desplegada por Sergio Ortiz, se subsumía dentro de lo descrito en el artículo 21 de la Ley N° 1.340/88, relacionada a la sustanciación del tráfico de estupefacientes.
Al respecto, Barreto había señalado en su fundamentación que, como Sergio Ortiz había llevado a cabo todos los pasos para remitir la ergotamina a Estados Unidos a través de una encomienda interceptada, ya se encuadraba dentro del artículo 21; sin embargo para los demás jueces, la conducta se encuadró dentro del artículo 26, que trata el intento de envío.
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En parte del juicio oral y público a Sergio Ortiz, la fiscala Cubilla subrayó que la ergotamina es utilizada como precursor del LSD, y por tanto debe tenerse en cuenta que esta es una sustancia psicodélica de alto poder alucinógeno en el consumidor. Resaltó además que, según informes de la Policía Federal de Brasil, solamente con 500 gramos de la sustancia se pueden producir 6.000.000 de dosis de LSD.
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Adquiría precursor del LSD a través de empresas de fachada
En 2021, Sergio Denis Ortiz Ríos creó la empresa unipersonal “Campo Bello 3”, ubicada en Loreto (Concepción), inscribiéndola en la entonces Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) como contribuyente, denunciando como actividad principal la ganadería; también se inscribió ante la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) y la Dirección de Registro y Fiscalización de Senad, para contar con autorización para la compra local de precursores y sustancias químicas controladas.
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Al respecto, la fiscala Ingrid Cubilla sostuvo en sus alegatos finales que “’Campo Bello 3’ parecía una empresa ganadera legítima, pero esa apariencia era solo una fachada, cuidadosamente construida, para encubrir una operación de tráfico internacional de ergotamina”, utilizada como precursora de LSD.
Durante los trámites administrativos, Ortiz Ríos acreditó como “previsión anual” de 6 kilos de ergotamina que serían usados en el rubro de la ganadería. Sin embargo, el uso que según el acusado iba a darle a la sustancia, es desproporcionada e incompatible en veterinaria, según informe de la bioquímica del Ministerio Público, Rossana Benítez, reproducido en juicio.
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Los datos señalan que el 23 de febrero de 2022, Sergio Ortiz como representante de “Campo Bello 3” solicitó a la Senad autorización para el uso de 2 kilos de ergotamina, por un lado del Laboratorio Lasca y por el otro, de la “Importadora Italquímica”. Finalmente solo adquirió 1 kilo por G. 110.000.000. Esto se consideró una inconsistencia, pues Ortiz, como funcionario del INERAM, cobraba la suma de G. 2.289.324, mensualmente.
Un mes después de esa compra, el 14 de marzo de 2022, Ortiz Ríos informó a la Senad declarando que no tuvo movimientos de sustancias controladas. Esto a su vez derivó en verificaciones a través de las cuales se constató que el establecimiento “Campo Bello 3” no existía realmente.
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Acusado sustituyó una empresa por otra para eludir controles
También durante el juicio se consideró probado que Ortiz Ríos también estuvo vinculado a otra firma denominada “JAM”, inscripta en las mismas condiciones que “Campo Bello 3” por su actividad ganadera. En ella, él figuraba como administrativo y autorizado para gestionar la compra de sustancias.
Como representante de la empresa JAM, Sergio Denis Ortiz Ríos provisionó compras de ergotamina por un total de 12 kilos durante 2021. Esto, en gran parte, sirvió como antecedente de las operaciones que venía realizando Ortiz Ríos en relación a la sustancia precursora de LSD, pues “Campo Bello 3” fue la sustituta de “JAM” para eludir controles.
En este contexto, mediante pruebas documentales persentadas en juicio, se reveló que el Laboratorio Lasca confirmó el ingreso de personas vinculadas a JAM, que figuran en las fechas en que se realizaron las compras de la sustancia, incluso el 24 de febrero de 2022.
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Envíos por encomiendas a los Estados Unidos
Durante sus alegatos, la fiscala Cubilla afirmó que “la actividad ilícita fue materialmente corroborada mediante la intercepción de envíos internacionales”, pues Sergio Ortiz realizó envíos a través de la firma DHL Express, el 19 de febrero de 2022, desde la sucursal ubicada en Paseo La Galería, en Asunción, hacia Arielle Bublak en Stillwater, Nueva York, y Jason Cresswell en Oakland, California, Estados Unidos, según las guías Waybill.
Una de las encomiendas fue retenida por funcionarios del Aeropuerto Silvio Pettirossi y de DHL, el 24 de febrero de 2022. Esto, permitió identificar una sustancia blanquecina, que mediante análisis se confirmó de que se trataba de ergotamina, con pesos definitivos de 1,019 kilo y 0,207 gramos.
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En cuanto a la identidad del acusado en los envíos, la misma fue verificada a través del análisis de las imágenes del circuito cerrado, y corroborada por dictámenes periciales de imagen y caligráfico de las firmas en las facturas de DHL, según pronunció durante sus alegatos la agente fiscal.
También se consideró probado en juicio, que no se trataba de la primera vez que el acusado realizaba envíos mediante el sistema de encomiendas de DHL, incluso con el mismo país de destino. Pues, se localizó un envío adicional hecho por Ortiz Ríos el 16 de febrero de 2021, con destino a California, Estados Unidos, lo que evidenció la reiteración en el uso de este esquema.
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Vínculos con procesados en otras causas
A través de pericias hechas a teléfonos celulares incautados del acusado, cuyos informes fueron reproducidos en las sesiones de juicio, se obsrvaron videos en los que se identificaron una sustancia blanquecina, así como capturas de pantalla de contactos identificados como “Lucas Gringo” y “Lucas 2”, cuyos números tienen prefijos de otro país.
También fue identificado un contacto considerado de interés por el Ministerio Público, se trata de “Leo Acuña”, que correspondería a Leonardo David Acuña Orué, dueño de un local farmacéutico. El mismo, actualmente afronta juicio oral por el caso conocido como “Pharmakon” por la presunta venta sin autorización de fentanilo.
