El pasado lunes, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) emitió un comunicado intentando justificar la operación de la radio de la Asociación Nacional Republicana (ANR) (89.9 MHz) sin resolución habilitante durante 15 meses.
Conatel alegó una supuesta “viabilidad técnica” y estrategias de soberanía del espectro, frente a una señal argentina que ocupaba la frecuencia. Sin embargo, la reglamentación vigente revela contradicciones legales asumidas por la entidad a favor de la radio.
El comunicado de la Conatel dice que la “viabilidad técnica” fue comunicada a la empresa Altos SRL, titular de la licencia, el 2 de septiembre de 2024 mediante la Nota PR N° 1031/2024.
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Señala que la nota otorgó una suerte de permiso legal, cuando en realidad dicho documento se limitó a informar que el cambio de frecuencia era técnicamente “factible”, condicionando el proceso a la presentación de un proyecto técnico que aún debía ser aprobado.
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Puntos cuestionables
Según el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora, aprobado el 17 de julio de 2024 por la misma institución, la instalación y operación de equipos sin poseer la licencia otorgada por Resolución del Directorio es tipificada expresamente en el Artículo 79, como una infracción grave.
Sin embargo, a través de su comunicado, Conatel contradijo la norma señalando que una simple nota administrativa de “viabilidad” sustituye a una Resolución del Directorio, concretada recién el 26 de noviembre de 2025 mediante la Resolución N° 3129/2025, tras un pedido de acceso a la información realizado.
El comunicado también justifica que la estación principal (en Altos) y la repetidora (en Fernando de la Mora), que anteriormente operaban en la frecuencia 89.7 MHz, debían estar en funcionamiento para “sincronizar y ajustar potencias”. Sin embargo, el artículo 65 del reglamento prohíbe taxativamente iniciar la prestación del servicio sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente verificadas y autorizadas por la institución.
Además, para realizar ajustes, el artículo 67 contempla para las “emisiones de prueba” un periodo máximo de 30 días.
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La ANR emitió programación de forma ininterrumpida desde septiembre de 2024 jactándose de una cobertura de 60 km. Por tanto y según se pudo constatar, operó durante 15 meses en una frecuencia y localidad no autorizadas, antes de contar con una resolución formalmente habilitante.
Contradictoria respuesta
El propio gerente de radiocomunicaciones, Martín Gómez, admitió a ABC que, aunque la radio ya tenía una licencia, el cambio de parámetros se hizo bajo una “luz verde” informal antes de que existiera el dictamen técnico y la aprobación del Directorio. Gómez reconoció que “indudablemente” se requiere de la resolución del directorio para estar formalmente habilitado.

