El Tribunal de Apelación Especializado resolvió declarar inadmisible el recurso interpuesto por el exministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, contra la desestimación de su denuncia presentada ante la Seprelad contra el expresidente y actual titular de la ANR, Horacio Cartes.
La resolución ratifica el fallo del 17 de octubre dictado por el juez penal de Garantías en Delitos Económicos y Anticorrupción, Rodrigo Estigarribia, quien había archivado la causa a pedido del Ministerio Público.
Giuzzio apeló la desestimación de su denuncia por presunto lavado de dinero, enriquecimiento ilícito, contrabando y evasión impositiva en el marco del caso conocido como Panamá Papers.
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Giuzzio no tiene legitimación como víctima
En su resolución, el Tribunal de Apelación Especializado sostuvo que Arnaldo Giuzzio no cuenta con legitimación activa para apelar la desestimación, ya que no reúne la calidad de “víctima” exigida por el artículo 68 del Código Procesal Penal.
Los camaristas señalaron que si bien Giuzzio fue denunciante en la causa contra Horacio Cartes, no es la persona directamente ofendida por los hechos investigados, ni encuadra en los supuestos legales que permiten impugnar una desestimación.
El fallo explica que los delitos denunciados —enriquecimiento ilícito, contrabando, lavado de dinero y evasión de impuestos— protegen bienes jurídicos de carácter supraindividual, como la función pública, la recaudación aduanera, el orden tributario y el sistema financiero. Por tratarse de intereses generales del Estado y no de afectaciones individuales, el denunciante no puede ser considerado víctima directa.
En consecuencia, el Tribunal concluyó por unanimidad que el recurso era inadmisible y que la resolución dictada por el juez Rodrigo Estigarribia no puede ser revisada, ya que el Código Procesal Penal solo otorga ese derecho a quien tenga calidad de víctima, condición que —según la resolución— no se verifica en este caso.
Los cuestionamientos de Giuzzio
En su recurso, sostuvo que la Fiscalía y el juez realizaron una evaluación “errónea y sesgada” de las pruebas, aceptaron sin mayor análisis justificantes de facturación entre empresas vinculadas y omitieron un estudio riguroso de los tipos penales económicos.
También cuestionó que las fiscalizaciones se enfocaran en clientes y no en la tabacalera Tabacalera del Este SA (Tabesa), firma históricamente vinculada a Cartes.
El escrito señalaba, además, supuestas irregularidades en la valoración de informes de la Seprelad y advertía que la confirmación del archivo podría impedir reabrir la causa ante nuevos elementos.
Tras reunión con ministros de la Corte
La apelación se había presentado días después de que el presidente Santiago Peña confirmara la participación de Cartes en una reunión con seis ministros de la Corte Suprema de Justicia.
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Con la decisión del Tribunal de Apelación, queda firme la desestimación dictada en primera instancia, cerrando —por ahora— la vía recursiva impulsada por Giuzzio en la causa contra el exmandatario.
