Sancionan al hijo de un expresidente y le prohíben contratar con el Estado

Sede de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
Sede de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas. Gentileza,

La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) inhabilitó por cinco meses a la empresa Grupo Bio SA y a sus directores, entre ellos Iván Alejandro Franco Alfaro, hijo del expresidente liberal Federico Franco (2012-2013). La sanción penaliza la presentación de declaraciones falsas y la simulación de competencia en una licitación del MIC.

Mediante la Resolución N° 784/26, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), liderada por Agustín Encina, dispuso la inhabilitación de Iván Alejandro Franco Alfaro, hijo del expresidente liberal Federico Franco (2012-2013), debido a su rol como director en la firma Grupo Bio SA. Según la investigación de Contrataciones Públicas, la compañía mintió al presentarse a una licitación del Ministerio de Industria y Comercio (MIC) destinada a trabajos de limpieza del predio del Parque Industrial.

Una falsa competencia

El caso se remonta al 9 de septiembre de 2025, cuando se presentaron las ofertas para el llamado del MIC. Inicialmente, la firma Kaavoty, de Carlos Rubén Oviedo Centurión, resultó adjudicada mediante la Resolución N° 1131 el 25 de septiembre de ese año, superando a la otra competidora, Grupo Bio SA.

Sin embargo, días después de la adjudicación, la empresa Prodpar SA presentó una protesta formal que destapó el esquema. Ambas competidoras estaban íntimamente vinculadas, quebrando el principio de libre competencia.

Resolución por la cual se dispuso la inhabilitación de las dos empresas  más  sus directores.
Resolución por la cual se dispuso la inhabilitación de las dos empresas más sus directores.

La denuncia demostró que Carlos Hernán Oviedo operaba en dos frentes simultáneos. Por un lado, actuaba como apoderado de la firma unipersonal Kaavoty y, al mismo tiempo, como director presidente de Grupo Bio SA. Esta duplicidad violaba de forma directa la Ley de Suministros y Contrataciones Públicas, según la documentación.

Las pruebas del vínculo

El 17 de noviembre de 2025, la DNCP hizo lugar a la protesta tras corroborar los datos en el Registro de Proveedores y en el Sistema de Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales.

Los documentos oficiales confirmaron la existencia de un Poder Especial otorgado por el dueño de Kaavoty a favor de Carlos Hernán Oviedo. En paralelo, este último figuraba como el representante legal de Grupo Bio SA, firma donde también registran participación como directores Iván Alejandro Franco Alfaro y Diego Marcelo Jara.

Este hallazgo es una contravención al Art. 27 inc. m de la Ley 7021/22 “De Suministros y Contrataciones Públicas” que prohíbe taxativamente presentar propuestas a oferentes que participen de forma simultánea en un mismo llamado si se encuentran vinculados entre sí a través de sus socios, miembros del directorio, representantes legales o apoderados.

Sanción firme

Al comprobarse que ambas firmas simularon competir de manera independiente estando coordinadas por la misma persona, la DNCP resolvió castigar la falta grave. Tanto Kaavoty como Grupo Bio SA, junto a la totalidad de sus directores -incluido el hijo del expresidente Franco-, quedaron inhabilitados para contratar con el Estado por un periodo de cinco meses, sanción que se extenderá hasta el 28 de septiembre de 2026.

ABC intentó ayer obtener la versión de Iván Franco, pero pese a la insistencia no tuvimos retorno.