En Lambaré, una joven fue muerta a tiros, en plena calle, mientras se dirigía a su lugar de trabajo en horas de la noche; el autor de los disparos –una expareja– había bajado de un automóvil con el que luego se dio a la fuga. Una tía de la víctima, que llegó al sitio poco después, dijo haberse denunciado ante el Ministerio Público, que su sobrina fue amenazada por el victimario y que hasta habría sufrido un intento de estrangulamiento el 17 de septiembre, por lo que el 21 de septiembre se presentó una denuncia por violencia contra la mujer ante el Juzgado de Paz de J. Augusto Saldívar. “¿Cuántas muertes más tienen que pasar para que se haga algo?”, preguntó la tía.
El luctuoso caso está regido por la Ley N° 1600/00, contra la violencia doméstica, así como por la Ley N° 5777/16, de protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia. Ambas normativas vigentes protegen a la mujer aunque hubiese cesado la convivencia, y prevén medidas concretas, como la de ordenar que la persona denunciada se mantenga a una cierta distancia mínima de la mujer en situación de violencia, así como de su vivienda u otro espacio donde se produzcan los hechos. Por lo demás, el Juzgado puede tomar cualquier otra medida que proteja a la víctima, es decir, incluso en la vía pública. El juez Penal de Garantías o de Paz debe comunicar a la autoridad policial más cercana la medida a ejecutar y apercibir a las partes que incurrirán en desacato si incumplieran una o varias de las decisiones adoptadas.
En el hecho referido, las actuaciones judiciales no habrían sido efectivas para evitar el trágico suceso. La jueza de Paz de J. Augusto Saldívar, quien adoptó las primeras medidas preventivas, derivó el caso a su colega de Lambaré, donde en vida residía la víctima. El magistrado lambareño dictó una orden de restricción de acercamiento y pidió a la fiscalía que se abriera un proceso por desacato, pero según el representante del Ministerio Público tal pedido nunca llegó a esa instancia. Por lo visto, no se dispusieron “medidas de seguimiento”, como la de requerir informes sobre la evaluación psicosocial del denunciado. Por de pronto, al abogado de la familia señaló graves errores en la protección estatal: la joven ya había sido agredida y hostigada, mientras las denuncias por violencia y hasta tentativa de homicidio no llevaron a una imputación oportuna.
Casi inmediatamente a este fatal suceso, en Limpio se denunciaba un grave intento de feminicidio, cuando un hombre, hoy detenido, atacó a su expareja y le propinó 14 estocadas. La víctima sigue internada en el hospital general de dicha localidad.
Se plantea la pregunta de si, en general, las leyes antes citadas tienen o no vigencia efectiva, siendo presumible una respuesta negativa. El Ministerio Público informó ahora que, con el perpetrado en Lambaré, el número de femicidios ha llegado a veinte, en lo que va del año; en dieciséis de ellos el hecho punible fue cometido por una pareja o expareja, en tanto que en veintiocho casos no fue consumado. Quince femicidios ocurrieron en el hogar. El año pasado, se registraron 37, a los que se suman 55 tentativas. Aunque quizá en 2026 haya una leve disminución del total de casos, no parece que sean muy efectivas las campañas oficiales contra la violencia hacia las mujeres, como la “Noviembre naranja” impulsada por el Poder Ejecutivo.
Sin duda, hay mucho que hacer en el ámbito de la violencia doméstica: se trata de una dolorosa realidad, muchas veces generada por el alcohol, las drogas ilícitas y el hacinamiento. Alicia Pomata Gunsett funge de ministra de la Mujer desde hace un año: no se le pueden pedir buenos resultados tan pronto, pero sí es razonable reclamar que la Policía Nacional, el Ministerio Público y la judicatura se empeñen en cumplir y hacer cumplir las leyes dictadas para proteger a las mujeres. El Estado tiene el deber esencial de preservar el derecho a la vida: el de ellas suele estar amenazado también porque las autoridades competentes no hacen lo bastante. Aparte de concienciar a la población es necesario que actúen con diligencia, disponiendo medidas protectoras que en verdad sean aplicadas.
La respuesta a la pregunta de “cuántas muertes más tienen que pasar para que se haga algo”, es simple: ninguna. No basta con honrar a la mujer paraguaya con discursos cada 24 de febrero; es necesario poner coto a la violencia doméstica, no siempre denunciada ni mucho menos, por comprensibles razones: las víctimas se sienten indefensas y requieren la ayuda, que también pueden prestar los vecinos revelando los delitos de acción pública que se cometan en un hogar. Es lamentable, pero no le falta del todo razón al abogado de la familia de la víctima al decir que “cuando se mata a una mujer, todo el mundo sale a reclamar (...) pero cuando está siendo totalmente castigada, vilipendiada, nadie dice nada porque nadie se entera”.
Por de pronto, sería oportuno que el Ministerio Público se ocupara de este caso de presunta “omisión de auxilio” por parte de agentes estatales: el mortal desenlace habría podido impedirse, si se hubiera actuado con la debida diligencia.