El proyecto de actualización de la ley bancaria que fue impulsado inicialmente por el Poder Ejecutivo fue ampliamente discutido en esferas del sistema financiero y el regulador (Banco Central del Paraguay), y no contemplaba ningún eventual “blindaje” que pudiera favorecer a personas involucradas en hechos delictivos. Fue en la Cámara de Diputados, donde domina el oficialismo, que en diciembre último se introdujeron llamativos cambios que cercenan al Ministerio Público y a la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) la posibilidad de acceder directamente a los datos patrimoniales y cuentas bancarias de sospechados, a menos que los mismos ya soporten una imputación penal.
La disposición sancionada ataba de pies y manos a la Fiscalía y la Seprelad, ya que solo iban a poder acceder a datos bancarios con orden judicial. Los legisladores alegaron que contemplaron estas modificaciones atendiendo el deber del “secreto bancario”.
Ciertamente, ni el BCP ni otra institución afectada por la sospechosa disposición objetaron luego lo planteado en dicho artículo, y el Senado aprobó la ley el 31 de marzo pasado, por mayoría absoluta y sin cuestionamientos. Fue recién tras los reclamos de la Fiscalía que el Ejecutivo optó por el rechazo parcial de la ley, que irá de nuevo a la Cámara de origen (Senado), para una nueva discusión.
De acuerdo con el comunicado oficial de la Presidencia de la República, la decisión de vetar la Ley 5587/2016 es en objeción al citado artículo, ya que el mismo coarta la tarea principal del Ministerio Público, la cual le ha sido asignada constitucionalmente. Las cuestionadas modificaciones riñen con el artículo 228 del Código Procesal Penal, que faculta al Ministerio Público a poder solicitar a entidades públicas y privadas las informaciones que sean pertinentes a sus indagaciones.
La actualización de la ley bancaria contempla además la modificación de otros 27 artículos que amplían la potestad del Banco Central, como ente regulador, para establecer disposiciones como incremento de capital mínimo y cálculo de patrimonio efectivo, entre otros, mediante simples resoluciones.
