La dualidad binacional camino a Itaipú 2023

“No siempre lo legal es lo justo, y no siempre lo justo es legal”

Ing. Axel Cid Benítez Ayala (*)
Ing. Axel Cid Benítez Ayala (*)Archivo, ABC Color

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Esta semana leía la (publi)nota (1) hecha al novel director general paraguayo (DGP) de Itaipú (IB), Manuel María Cáceres, designado por el Presidente de la República (ya con acuerdo del Senado), se suponía, para defender intereses patrios en la IB 2023, quien pese a ser leguleyo y diplomático, mágica e instantáneamente se puso la camiseta binacional indivisa.

Dice admitir que su posición (pre) era “no estamos en contra de la transparencia, ni de compartir datos de la entidad” (sic), pero que su actual posición es que la “CGR no puede auditar las cuentas nacionales, porque se tiene un tratado y hay que ajustarse a lo que establece”. Asume que su responsabilidad (po$t) como “director geral”, “es hacer cumplir y defender el cumplimiento de ese tratado (sic) ... busquemos los instrumentos que permitan a la CGR llevar a cabo ese control sin vulnerar la binacionalidad”.

La dualidad oficial en materia binacional se da de muchas maneras, porque el discurso nunca acompañó a los hechos, por ejemplo, el propio MRE (3) en la presentación oficial y pública de los informes de los Grupos de Trabajo señala “… La transparencia en la gestión pública es de vital importancia y, bajo esta premisa, se inicia el proceso de poner a disposición de la opinión pública los informes elaborados por los citados Grupos de Trabajo (GT), de manera accesible y ordenada, por etapas, para permitir un adecuado conocimiento de los mismos …” (sic).

Me preguntaba: “si la transparencia no es intrínseca a los actores, como podría incorporárselo al instrumento”, quizás esto explique el porqué, según los “bina$ionales paraguaios indivi$os” (BPI), para auditar cuentas nacionales (gastos $ociales) se necesita de una Nota Reversal (NR), pero para crearlos y ejecutarlos discre$ionalmente no fue necesario instrumento alguno. Recuerdo las expresiones con “strictu sensusleguleyico” del “proprio director jurídico paraguaio” (DJP) de IB (2) “La Nota Reversal (01/2005,) aunque no haya sido remitida al Congreso es legal”, quizás desde una visión más galáctica de la “pirámide de Kelsen”.

La teoría en las “elementariedades” de RR$”, sobre la “estricta binacionalidad en condominio indiviso”, como si todo en IB fuera esférico (360° = apu’áa) no puede existir, si por ejemplo, previamente no existe la “cogestión plena”, pero este artículo recién se incorporó, por primera vez, en el Anexo A de 1995, estableciendo que los directores de área serán uno de cada nacionalidad, de forma conjunta y de responsabilidad solidaria. “todo joia”, pero (siempre hay un pero), “cabe reiterar que el estatuto de 1995, no podrá entrar en vigor hasta tanto cuente con la aprobación del congreso brasileño” (sic). (3), Así se lee y se entiende, del propio informe N° 08 del Grupo Trabajo Jurídico (GTJ), julio 2020, denominado “Análisis sobre el Estatuto de Itaipú – Anexo A del Tratado”, una comisión integrada por leguleyos “plus high level summa cum laude” en un 100%, incluida la actual magno DJP, ergo, si no se tiene los instrumentos, nada sería válido, quizás no sea una e$fera galáctica, sino una mera pirámide (Kelsen) con sus catetos binacionales.

O sea, sería exactamente igual a lo que ya pasó con la fantá$tica N.R. Cartes/Macri, impulsada por los “ángel(es) paraguashos”, siendo for$ada su aprobación al 2048, contra viento y tratado, (PE y Parlamento), para que después el “socio condonMino”simplemente cajonee el instrumento”. Cuando el dinero habla, la verdad calla”.

Mientras que los leguleyos binacionales paraguaios, se “rascan las vestiduras y encabezados”, una vez más, por su magno DJP, bajo patrocinio legal externo (altísima complejidad galáctica) acuden a sus pares de la CSJ, a preguntarles si la luz de la transparencia depende del cristal con que se lo mire, ya que si la luz incide unilateralmente sobre la margen derecha de la esfera binacional indivisa (apu’a), esta se refracta (descompone) espectralmente; quizás el problema no sea el cristal, quizás solo sea el instrumento, al que le falta ponerle las pilas.

Mientras el resto de los comunes debemos recortarnos las orejas, quemando pestañas y fusibles, al leer los otros informes de los diferentes GT, coordinados por el Grupo de Análisis y Seguimiento (GAS), publicados por el MRE (3) y realizados “por más de 50 profesionales técnicos paraguayos de diversas dependencias del Estado, abocados a la labor de analizar y estudiar asuntos específicos relacionados con las negociaciones ... cuyos resultados servirán de base técnica al momento de la definición de los objetivos y estrategia del equipo negociador” (sic). “Brillante”, he’i Arturo.

Se cumple lo señalado por W. Buffet, “Contrata a los mejores y déjalos hacer lo que saben... si no, contrata a los más baratos y que hagan lo que tú les dices”, al leer la lista de “leguleyos y engecheiros” convocados por el GAS, quizás por el tufillo binacional que emanan. No hablaré de objetivos y estrategias, porque ya lo hice con antelación (4), inclusive más de una vez (5). Sun Tzu (500aC) sabía que la estrategia la definía el rey (pueblo paraguayo) y para ello lo primero era mediante una interconsulta responsable, designar al general (DT) y su estado mayor (staff) y estos a los jugadores (no al revés), para conformar “el equipo” y este equipo, como un todo, diseña los planes de acción (6) presentes y futuros.

Por lo expuesto en un plano más terrenal, me propuse leer los informes binacionales GT. E – 02 sobre “costos de explotación” y 09 sobre “saldo de la cuenta de explotación”, ambos realizados por el mismo grupo de “profesionales plus high level summa cum laude” (abril 2020) que, por lo visto entendían sobremanera el tema, por lo escueto del escrito.

El Anexo C establece e incluye en el Costo del Servicio de Electricidad – numeral III.6: “El monto necesario para cubrir los gastos de explotación”.

El documento señala, sin instrumento concebido, que “los gastos de explotación (GE) corresponden a todos los gastos realizados para el funcionamiento normal de la central hidroeléctrica. Incluye gastos directos de operación y de mantenimiento, incluido medio ambiente, desarrollo regional, gastos del personal, de administración y generales, seguros contra riesgos de los bienes e instalaciones, servicios, reposiciones causadas por el desgaste normal, etc. A esos gastos se han sumado importantes gastos de responsabilidad socioambiental, incentivadas desde el 2005 con inversiones y acciones varias, gastos de actualización y modernización tecnológica de la central hidroeléctrica, y otros gastos más” (sic).

Agregan que los GE representan aproximadamente 25% del Costo del Servicio de Electricidad (2020). Este porcentaje del costo es muy elevado si se lo compara con valores de otras centrales hidroeléctricas, aunque no citan algunas como referencia, ya que posiblemente sea la “estrategia secreta” para conseguir otro récord Guinness. El documento “técnico-económico” no cuestiona por qué dichos GE se cuadruplicaron desde el cambio de las reglas de juego del 2003 (sin instrumento concebido) y eso que el 99,9% de los paraguaios falan y calculan las tarifas pre y post 2023, aunque otros señalamos que la tarifa es consecuencia y no causa.

La eficiencia y la eficacia de la “Gestión Binacional Indivisa” se traducen como resultado de la cuenta “Saldo de la Cuenta de Explotación” (SCE). Es muy importante su estudio camino al 2023, ya que es un componente importante del Anexo C en lo relativo al “Costo del Servicio de Electricidad”. El numeral III.7, establece e introduce: “El monto del saldo, positivo o negativo, de la cuenta de explotación del ejercicio anterior”; el numeral I.7, define: “el balance anual entre el ingreso y el costo del servicio” y el numeral IV.1 define: “El ingreso anual, derivado de los contratos de prestación de los servicios de electricidad deberá ser igual, cada año, al costo del servicio establecido en este Anexo. Estas disposiciones significan que la Itaipú no puede tener superávit o déficit en su ejercicio económico. En caso de que así se verifique al finalizar el ejercicio, ello debe ser necesariamente corregido en el siguiente.

La pregunta es qué hacen no$$os representantes paraguaios (BPI) ante el CDA para y por ello, por ejemplo sobre el impasse (13) “Eletrobras podría desconocer deuda por US$ 1.000 millones”, señalado esta semana in extenso por el (ex)presidente de la ANDE (engenheiro y leguleyo Villordao), pero (como representante de la ANDE) se olvidó de incluirlo como condición previa a firmarles el “Contrato de previsibilidade (2019-2022)”. Con ese in$trumento, Eletrobras SA aseguró el 85% de IB 2023 para “melhor cotizaçao” en bolsa, de sus bonos y/o acciones con miras a su enajenación. El tema no es nuevo, ya lo había señalado en febrero 2019 (14), también lo señaló el Ing. Pedro Ferreira ante la CEBH Diputados por la fallida “acta bolateral” (24/05/2019), sobre la eterna pelea en el CDA para que la deuda y mora de Eletrobras sea incluida en el balance (2018) de IB, deuda que sigue y crece a la fecha.

“Esto es un hecho aislado”, he’i Juancho Steak, pero después del 2023, quizás se pueda dar que IB no tenga más deudas con Eletrobras SA, pero si los tenga la ANDE, tal como ocurrió en la EBY (15) con la fanta$tica N.R. Cartes-Macri al 2048, gracias al in$trumento angelical, pero no galáctico. Aún recuerdo las frases angelicales “La deuda no es del Paraguay, ni de la ANDE”, pero de la ANDE se la descontaron al Paraguay.

El documento del GTE no señala, por ejemplo, que desde el 2015 los SGE han sido positivos y crecientes camino al 2023, quizás ello explique el aumento de “gastos $ociales y ambientales” que se duplicaron desde el 2015 al presente, esto es un indicador claro de que hay $uperávit en caja, ca$ualmente camino al 2023, a pesar de la crisis hydro, la pandemia, Bol$o, o que la producción haya caído un 30% en el interanual (enero – mayo 2021/18), ere eréa, donde la discusión instalada (wintowin) es que el Brasil quiere bajar la tarifa, no lo que realmente quiere Paraguay”.

Si el tema estratégico para el Brasil (BR) fuera simplemente bajar la tarifa de IB (10% del SIN BR 2020), ya lo hubieran hecho, como ya ocurrió (1986 – deuda espuria), total siempre a$eguraron el 100% de los votos en el CDA BPI, ejemplo la RCA 06/97 (16), aún hoy muchos de aquellos (ex)millennials (Jo$elos), hoy gurúes, siguen como “bolas de rengo” acompañando el movimiento, camino a IB 2023.

La presencia hoy en el CDA IB in situ del propio ministro de Minas y Energía, almirante Bento Albuquerque, demuestra quien realmente posee el in$trumento para realizar acciones concretas, aprovechando el saldo (+) del SGE,por ejemplo:

- Se podría haber adelantado el pago de la deuda (no auditada) a Eletrobras, tal como ocurrió a fines del 2017 (11) “El monto abonado a la central brasileña fue de US$ 170 millones. Con el adelanto del pago de la deuda, la Itaipú liquidará su saldo deudor en el año 2022; lo bueno de esto es que con el prepago de los US$ 170 millones, la Itaipú ahorrará, de aquí al 2023, alrededor de US$ 70 millones en intereses”. Genial, pero que pasaría si la deuda ya fue pagada,”long time ago”, he’i Jeffrey Sachs a Spald Inc.

- Supongo que el documento GT.E 09 actualizado a la fecha señalaría que el SGE del ejercicio 2020 fue también positivo y de US$ 97.248.000. Todo joia, pero no explica que (9) “O saldo da Conta de Comercialização da EnergiaElétrica de Itaipuem 2020 foi positivo empouco mais de R$ 978 milhões. Comisso, e o decreto nº 10.665, de 2021, que autorizou a Agência Nacional de Energia Elétrica a diferir os pagamentos das distribuidoras à Eletrobras referente ao repasse da potência contratada da usina binacional, os consumidores não terão o repasse de custo equivalente a esse saldo”.

Se aclara a terráqueos binacionales que US$ 97.248.000 = + R$ 978 milhões = 100% SGE.

Supongo como en IB(versao paraguaia) todo es esférico (apu’a), ergo, hubo 100% de votos en el CDA BPI para ello y “aquí agora” se estará redactando algún decreto del PE de igual tenor y plazo para la ANDE, en el que se aclara que “los consumidores no tendrán la transferencia de costo equivalente a este saldo”.

Seguramente por ello, el DGP expresó con vehemencia en la (publi)nota citada: “La preocupación es que de un lado se vulnere la binacionalidad, ¿y cómo quedamos si en el futuro, del otro lado, unilateralmente también, modifican o adoptan una legislación interna sobre la entidad? (sic). Supongo que la preocupación es que como ya sucedió, eso implica que los “socios condonMinos” encontraron el “instrumento”, seguramente mientras los paraguaios falaban (12) de que “Paraguay no podrá vender energía al Brasil si no modifica el Tratado de Itaipú”, así como tampoco podrán cerrar el círculo binacional apu’a con el cinturón negro, que en su génesis fue solo un asterisco.

Espectacular, pero la cosa no termina allí, ya que el propio documento citado señala claramente que el SGE del ejercicio anterior (2019) era U$S 124.332.000.- cifra que coincide con el Balance 2020 publicado en la web por IB (página 69), pero no con los US$ 95.268.200 señalados en el cuadro, donde tampoco se observa salvaguarda alguna (*) “cifras preliminares”, tal como sucedió con el comunicado emitido por la IB (01/02/2021) por un caso similar (8) respecto a cuentas BCP Vs. IB, sobre las diferencias de millones de US$ entre Royalties y Compensaciones, en las cuentas nacionales oficiales realizadas pitagóricamente mediante transferencias electrónicas.

En otro paper (7) había señalado “…Soy un firme creyente de que no existen los resultados donde todos ganan, como el llamado “wintowin”. En jerga técnica, creo que vivimos en un mundo de constante equilibrio de Pareto, en el cual si alguien gana, el otro pierde y viceversa, salvo que se demuestre lo contrario…”, también sobre la estrategia al 2023 (10).

Conclusión: la Soberanía no se pide, se ejerce. La Soberanía es absoluta, perpetua, indivisible, inalienable e imprescriptible. La historia se repite una y otra vez “el Paraguay es un pueblo cretinizado por secular despotismo y desmoralizado por treinta años de mal gobierno”. Dr. Cecilio Báez.

La Soberanía significa independencia total. Este principio señala que la Constitución es la base principal del ordenamiento jurídico país, por lo que no puede existir norma que esté por encima de ella, llámese instrumento o como quieran llamarlo (cangrejo). Evidentemente ninguna de las actuales autoridades de PY y BR y todo su (mi$mo) GA$, no tienen la autoridad moral, técnica, ética y/o representativa alguna para negociar nada de nada en beneficio de los pueblos, tal como está expresamente definido en el propio tratado. Auditoría ya.

¿Legal?

“La Nota Reversal (01/2005), aunque no haya sido remitida al Congreso es legal”, quizás desde una visión más galáctica de la “pirámide de Kelsen”

Por qué

El documento “técnico-económico” no cuestiona por qué dichos GE se cuadruplicaron desde el cambio de las reglas de juego del 2003.

In situ

La presencia en el CDA in situ del ministro de Minas y Energía del Brasil demuestra quien posee el in$trumento para realizar acciones concretas.

Ejercer

La Soberanía no se pide, se ejerce. La Soberanía es absoluta, perpetua, indivisible, inalienable e imprescriptible, pero la historia se repite...

Ninguna

Ninguna de las actuales autoridades de PY y BR y su GA$, no tienen la autoridad moral, técnica, ética y/o representativa para negociar nada de nada.

(*) axelbenitezayala@gmail.com – Junio2021. Ingeniero electricista y electrónico por la UNC, Argentina (1984). MADE (2000) UA, Paraguay & Magíster en Economía de la Energía (2010). Gesel – UFRJ- República Federativa del Brasil.

Referencias

1. https://www.ultimahora.com/un-acuerdo-notas-reversales-es-el-camino-la-fiscalizacion-n2944502.html

2. https://www.lanacion.com.py/2016/09/14/la-nota-reversal-aunque-no-haya-remitida-al-congreso-legal/

3. https://www.mre.gov.py/index.php/revision-del-anexo-c-del-tratado-de-itaipu

4. https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/economico/negociaciones-bilaterales-un-vital-juego-de-estrategias-1811129.html

5. https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/economico/2021/03/21/itaipu-2023-tambien-descarrilados/

6. https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/economico/la-hoja-de-ruta-pais-erga-omnes-1819859.html

7. https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/economico/2021/01/17/la-estrategia-itaipu-mas-deuda-por-mas-tatu-quo/

8. https://www.itaipu.gov.py/es/sala-de-prensa/noticia/cifras-publicadas-por-itaipu-corresponden-los-montos-efectivamente-transferid

9. https://www.canalenergia.com.br/noticias/53172247/diferimento-de-saldo-de-itaipu-somara-r-978-milhoes

10. https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/economico/2021/01/17/la-estrategia-itaipu-mas-deuda-por-mas-tatu-quo/

11. https://www.itaipu.gov.py/es/sala-de-prensa/noticia/pago-eletrobras-permite-itaipu-ahorrar-y-cancelar-deuda-en-el-2022

12. https://www.lanacion.com.py/politica/2021/05/26/paraguay-no-podra-vender-energia-al-brasil-si-no-modifica-el-tratado-de-itaipu/

13. https://www.abc.com.py/nacionales/2021/06/08/eletrobras-podria-desconocer-deuda-por-us-1000-millones/

14. https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/economico/se-trata-de-una-historia-repetida-1789632.html

15. https://www.ultimahora.com/eby-paraguay-recibira-solo-usd-635-millones-el-territorio-inundado-n1112502.html

16. https://www.abc.com.py/edicion-impresa/suplementos/economico/la-escandalosa-admision-de-la-deuda-espuria-1439372.html

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