La Cancillería Nacional se refirió al tema de debate del momento que afectaría a la educación paraguaya. De acuerdo a los argumentos que esgrime la cartera estatal, el convenio con la Unión Europea constituye un tratado internacional vigente, que fue firmado, aprobado y debidamente ratificado conforme a lo dispuesto a los mandatos constitucionales correspondientes.
También menciona que la Carta Magna otorgó al Poder Legislativo, específicamente a la Cámara de Senadores, la atribución de iniciar la consideración de los proyectos de ley relativos a la aprobación de los tratados internacionales sometidos a su estudio por el Poder Ejecutivo.
El MRE señala además que este procedimiento ya fue debidamente cumplido en el año 2020, oportunidad en que ambas Cámaras aprobaron el texto del convenio, con dictamen favorable de siete comisiones.
La razón en base a la Carta Magna de nuestro país
El Artículo 137 de la Constitución Nacional establece el orden de prelación de las normas jurídicas, en el que un instrumento internacional aprobado y ratificado, al ser una norma superior, no puede ser derogado por otra norma de menor jerarquía, como lo es una ley de orden interno.
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Además, dice que la suspensión o terminación de un tratado solo puede darse conforme a las disposiciones del propio tratado o por consentimiento de las partes en el mismo, a través del Poder Ejecutivo, en observancia de las disposiciones constitucionales y del derecho internacional vigente.
Cancillería recuerda que toda decisión sobre el convenio de referencia debe respetar el ordenamiento jurídico nacional y el sistema de separación, equilibrio, coordinación y recíproco control entre los Poderes del Estado consagrado en el Artículo 3 de la Constitución Nacional.
Puntualiza que los términos contenidos en el convenio, así como en sus anexos, se hallan en consonancia con los principios y preceptos establecidos en la Constitución y demás leyes nacionales. En razón de lo expuesto, el Estado paraguayo está obligado a cumplir los términos del convenio sobre la base de la buena fe (principio pacta sunt servanda). Esto genera responsabilidades recíprocas, menciona en otra parte, el comunicado.
Relevancia del convenio
Así mismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores aclara que el convenio fue suscrito únicamente en idioma español y constituye el único documento válido al que se han comprometido las partes.
Relaciones Exteriores subraya la importancia de preservar la imagen del país como un socio confiable y respetuoso del derecho internacional, más aun considerando que el convenio con la Unión Europea permite al país acceder a una cooperación internacional para fortalecer el sistema educativo paraguayo.
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Diputados rechazaron convenio y peligran fondos para alimentación y kits escolares
El 30 de noviembre último, la Cámara de Diputados dio media sanción a la derogación de la Ley N° 6659/20, que aprueba el Convenio de Financiación entre la Unión Europea (UE) y la República del Paraguay para el programa de apoyo a la Transformación del Sistema Educativo en Paraguay.
Ante este avance se podría dejar sin recursos para el próximo año el financiamiento de programas de alimentación escolar, kits escolares e inversión en infraestructura.
La gran mayoría de los legisladores dieron discurso grandilocuentes y se pasaron la pelota entre gobiernos colorados por la situación actual de la educación.
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