Ramírez Candia juró como representante de la CSJ ante el JEM, por un nuevo periodo

El ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Manuel Dejesús Ramírez Candia fue designado por sus pares por un nuevo periodo, para desempeñarse como representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), hasta el 2026.

El ministro de la Corte Suprema Manuel Dejesús Ramírez Candia juró (de forma telemática) como representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), por otros tres años.
El ministro de la Corte Suprema Manuel Dejesús Ramírez Candia juró (de forma telemática) como representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), por otros tres años.gentileza

Cargando...

En la sesión plenaria de este martes 6 de junio de 2023, el presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) diputado Rodrigo Blanco Amarilla, tomó juramento al ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Manuel Dejesús Ramírez Candia, quien seguirá como representante de la máxima instancia judicial por otros 3 años más.

Ramírez Candia había sustituido en el Jurado al ministro Antonio Fretes, el 2 de junio de 2020.

Antecedentes de la designación en la Corte

Según una nota del 25 de mayo de 2023, el ministro Ramírez Candia había comunicado a los miembros de la Corte Suprema que se estaría cumpliendo los 3 años de su designación en carácter de representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

En la sesión plenaria del 31 de mayo de 2023, la Corte Suprema resolvió designar como representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados al ministro Ramírez Candia.

Fue así que el presidente de la CSJ César Manuel Diesel Junghanns comunicó el 5 de junio de 2023 al presidente del JEM diputado Rodrigo Blanco Amarilla, de la designación del ministro Ramírez Candia como su representante ante el Jurado, dispuesto por Acordada N° 1.707 del 31 de mayo de 2023.

Justifican para realizar la designación del ministro Ramírez Candia de acuerdo a lo que dispone el Artículo 3º. De la Ley N° 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 259, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional, que regula sobre los deberes y atribuciones: Son deberes y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia, en pleno: a) Interpretar, cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, el reglamento interno, las acordadas y las resoluciones; y velar por el cumplimiento de los deberes establecidos para los jueces..”.

Lo que dispone la Ley del JEM

La Ley N° 6814/2021 “Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales y defensores públicos…”, en su artículo 3 sobre Integración, atribuciones y deberes del Jurado, en su segundo párrafo:

Los miembros del Jurado durarán en sus funciones por un plazo de tres años, no pudiendo revocarse o acortarse esta designación en ningún caso, pudiendo ser reelectos por otro período, pero dejarán de ser miembros, si durante sus funciones dejaren de pertenecer al órgano designante ante el Jurado”.

Los miembros del Jurado

También integran como el JEM, además de su presidente el diputado Rodrigo Blanco Amarilla, su vicepresidente primero senador Ramón Retamozo, el vicepresidente segundo Oscar Paciello Samaniego, y los miembros titulares senadora Hermelinda Alvarenga de Ortega, diputado Hernán David Rivas, el abogado Alfredo Enrique Kronawetter y los ministros de Corte César Antonio Garay Zuccollillo y Manuel Dejesús Ramírez Candia.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...