Fiscal fue apercibido por el JEM tras imputar a esposa de Natalicio Chase: “Era mi obligación legal”, sostiene agente

El fiscal Óscar Laterza recientemente fue apercibido por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) en una causa en la que investigaba a Celia Galli -esposa del extitular de la Essap y actual senador Natalicio Chase-, quien fue denunciada por apropiación. “No comparto los criterios; he obrado conforme al derecho”, sostiene el agente del Ministerio Público.

El senador Natalicio Chase y su esposa, Celia Galli.
El senador Natalicio Chase y su esposa, Celia Galli.

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Celia Galli es la esposa del extitular de la Essap y actual senador colorado Natalicio Chase. La mujer había sido denunciada por apropiación y se abrió una causa en su contra, quedando a cargo de las investigaciones el fiscal Óscar Laterza.

Sin embargo, el 14 de julio pasado, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió apercibir al fiscal Laterza “por haberse comprobado durante el proceso de su enjuiciamiento que incurrió en mal desempeño en sus funciones”, según cita la la misma institución.

Al respecto, el agente del Ministerio Público sostuvo que “no comparte” esta sanción que se le aplicó, asegurando a la vez que se dio ante un “análisis parcialista” de su carpeta fiscal.

“Existían suficientes elementos probatorios. Mi obligación legal era imputar; he obrado conforme al derecho”, sostuvo.

Denuncia contra la esposa de Natalicio Chase

Según recopiló el fiscal Óscar Laterza, la esposa de Natalicio Chase, Celia Galli, fue denunciada por apropiación en el marco del alquiler de un inmueble, dado que, cuando se procedió a abandonarlo se llevaron varios elementos de él, según la denuncia.

“Se había alquilado un inmueble y al salir de la casa alquilada se llevaron varios elementos; se reclamó que desaparecieron cosas y que la casa estaba en un estado deplorable”, explicó.

Según lo recopilado por el agente y conforme a la denuncia realizada por la propietaria del inmueble, se habían llevado rejas, muebles, apliques de luces e incluso puertas; sin embargo, el JEM no tuvo consideración de todo lo investigado, sostuvo Laterza.

“Esta es una decisión arbitraria y no se cumplió lo que se establece en la ley. Cuando ya pasan más de 180 días desde el dictado, el enjuiciado deberá quedar absuelto sin perjuicio alguno y ya pasaron más de 200 días. Ellos ya tenían la decisión hecha; es un llamado para otros fiscales sobre que tenemos que atender a quién imputar”, sentenció el fiscal en comunicación con ABC Cardinal.

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