Esta semana, la Cámara de Senadores sancionó una versión modificada del proyecto de ley de reforma del transporte público de pasajeros, que plantea importantes cambios al deficiente sistema de transporte público de Asunción y su Área Metropolitana, y lo remitió al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.
Algunos aspectos de la reforma han sido resistidos por los choferes de los buses que cubren el Área Metropolitana. Específicamente, los trabajadores del transporte cuestionan un artículo que establece al transporte público como un “servicio imprescindible”, lo que significa que en caso de huelgas se debe garantizar un nivel mínimo de disponibilidad del servicio.
Los trabajadores –que amenazan con ir a un paro el martes y miércoles próximos- argumentan que esa disposición cercena su derecho a la huelga y el paro, establecido en la Constitución Nacional, algo que el viceministro de Transporte, Emiliano Fernández, disputó hoy en una conversación con ABC Color.
“Ellos dicen que la ley conculca derechos; eso no es así. La ley cuida a los trabajadores y tiene una perspectiva de calidad de servicio”, dijo el viceministro Fernández.
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“Conflicto” de derechos

El viceministro explicó que, si bien la Constitución Nacional establece en su artículo 98 el derecho de los trabajadores a la huelga y al paro, también establece en el mismo artículo que “la ley regulará el ejercicio de estos derechos, de tal manera que no afecten servicios públicos imprescindibles para la comunidad”.
Agregó que durante casi 25 años -hasta el año pasado- estuvo vigente la Ley 1626 de la Función Pública, en la que se categorizaba al transporte público como “servicio imprescindible” y se establecía la obligación de garantizar su funcionamiento en caso de huelgas. Esa norma fue suplantada el año pasado por la Ley 7445 del Servicio Civil, que en su artículo 47 designa el transporte como servicio imprescindible.
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“El derecho a la movilidad está también establecido constitucionalmente”, dijo el viceministro, y agregó que la ley debe regular el “conflicto” entre ese derecho con el de los trabajadores de ir a huelga, y argumentó que la decisión de designar el transporte público como servicio imprescindible y establecer que como mínimo el 60 por ciento de este debe estar disponible en caso de huelga no es una “restricción” del derecho al paro, sino una “regulación”.
Añadió que la Organización Internacional del Trabajo, el organismo de las Naciones Unidas creado para promover los derechos laborales a nivel mundial, reconoce que hay casos en que “en algunos sectores se puede limitar la huelga”, entre ellos el del transporte público.
El viceministro Fernández dijo también que el porcentaje del 60 por ciento de servicio mínimo en caso de huelga que establece el proyecto de ley de reforma del transporte es más bajo que las disposiciones sobre el mismo tema actualmente vigente en otros países de la región.
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En un último intento de desactivar el eventual paro del 16 y 17 de diciembre, el Ministerio de Trabajo convocó a autoridades del Viceministerio de Transporte y representantes del gremio de choferes a una reunión tripartita que tendrá lugar el lunes.
Buses nuevos, trasbordo universal y otras novedades de la reforma
En otro punto, el viceministro Fernández volvió a comentar algunas innovaciones que el proyecto de reforma busca introducir al sistema de transporte público en el Área Metropolitana de Asunción, muy cuestionado por la cantidad insuficiente de buses que tiene en circulación, los largos tiempos de espera en paradas, “reguladas” frecuentes por parte de las empresas privadas que operan el servicio y otros aspectos que generan insatisfacción en la ciudadanía.
El viceministro recordó que parte de la reforma abarca la renovación de la flota de buses y la novedad de que estos serán propiedad del Estado, que los proveerá a las empresas que sean licitadas para cubrir trayectos específicos.
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Se espera que solo circulen buses de una antigüedad menor a 15 años, dijo el viceministro. Agregó que 70 de los buses eléctricos que fueron donados a Paraguay por Taiwán serán puestos en circulación antes de enero.
Un aspecto de la reforma en que el viceministro hizo hincapié es la necesidad de “robustecer” a las empresas operadoras del servicio de transporte fusionándolas entre sí.
“Hoy tenemos 36 empresas pequeñas sin capacidad de inversión, no pueden comprar buses nuevos. Necesitamos empresas más robustas y para eso necesitamos fusiones”, dijo.
Habló también del sistema de “trasbordo universal” que, según el proyecto de ley, establecerá como obligación que exista interconectividad entre las empresas para garantizar que un pasajero pueda realizar trasbordos de un bus a otro para llegar a su destino pagando un solo pasaje.
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Explicó que actualmente ya está implementándose un modelo de trasbordo que es de participación voluntaria de las empresas, al cual dos firmas –San Isidro y Magno– ya se sumaron. El lunes serán añadidas otras dos empresas: Ñandutí y La Sanlorenzana.
El viceministro afirmó que una persona que usa tres buses cada día para llegar a su lugar de trabajo, pagando tres pasajes en cada viaje, gasta más de 500.000 guaraníes al mes. Con el trasbordo universal, hipotéticamente ese gasto se reduce a unos 176.000 guaraníes.
Agregó que la reforma facilita también la implementación de sanciones a las empresas que no brinden un servicio satisfactorio, ya que al ser el Estado el dueño de los buses, estos simplemente pueden ser entregados a otro operador.
Habló también de un plan para establecer otras Áreas Metropolitanas en varios puntos del país - como Ciudad del Este– a las que se podrán aplicar las disposiciones de la reforma.
El viceministro Fernández dijo entender el escepticismo con el que el plan de reforma ha sido recibido por la ciudadanía, pero argumentó que el plan de reforma no “inventa” nada, sino que simplemente adapta a Paraguay modelos que ya son exitosos en otros países de la región y el mundo.